Actualidad política en España
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@rubimor Uno tiene que elegir bien la batalla que lucha.
Comparar los jóvenes que se rebelaban contra el crucifijo en las aulas y en las vidas durante una dictadura con estos pagafantas que imitan a sus abuelos o bisabuelos golpistas es de traca
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@rubimor dijo en Actualidad política en España:
Acompaño en el sentimiento a los pobres chavales de hoy día.
Yo los acompaño en el sentimiento porque estan al albur del marketing y del algoritmo
Cada época tiene sus cosas malas y sus cosas buenas, yo lo tenía jodido para poder salir de España e irme a trabajar a Inglaterra y tuve que comer mucho trabajo basura, no habia ayudas para el alquiler etc
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@biku dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
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@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pero hombre pon las sentencias que miremos que hechos probados hubo en cada caso y que artículos del CP se les aplicó.
Pero esto no es desinformar ni @Malcontent te citará.
O a lo mejor no entiendo yo la comparación.
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pero hombre pon las sentencias que miremos que hechos probados hubo en cada caso y que artículos del CP se les aplicó.
Pero esto no es desinformar ni @Malcontent te citará.
O a lo mejor no entiendo yo la comparación.
Pon la de Jose Bretón, el asesino de la katana y demás ilustres.
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Yo los acompaño en el sentimiento porque estan al albur del marketing y del algoritmo
Cada época tiene sus cosas malas y sus cosas buenas, yo lo tenía jodido para poder salir de España e irme a trabajar a Inglaterra y tuve que comer mucho trabajo basura, no habia ayudas para el alquiler etc
Correcto el marketing, que cuando toca todas las empresas se ponen en twitter la bandera LGTBIQ (excepto las cuentas de esas mismas empresas en arabe xd )
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pues vamos con las fake news:
Maltrato de obra
el maltrato de obra tiene asignada una pena para el hombre autor de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 153.1), mientras que si el delito es cometido por la mujer contra su marido o pareja, la pena es de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios en idéntica extensión (artículo 153.2)Nada mas empezar, la propia fiscal reconoce que existe asimetría penal. Para ser un mito no está mal. No obstante, se deja en el tintero que en los casos en los que el juez decida retirar temporalmente la patria potestad, dicha retirada será de hasta 5 años para los hombres y hasta 3 años para las mujeres.
Amenazas leves y coacciones leves
En el ámbito de la violencia de género, la pena para el autor sería idéntica a la ya vista en el maltrato (artículo 171.4), mientras que si es la mujer quien amenaza a su marido o pareja, el hecho sería delito leve y tendría asignada pena de localización permanente, trabajos comunitarios o multa (artículo 171.7).Realmente éste, junto con el de las coacciones leves (art. 172. 2 y 3 respectivamente) es el único caso en que la llamada asimetría penal es más patente, aunque tampoco se debe olvidar que se ha de tratar de amenazas o coacciones leves, puesto que las graves seguirían las normas generales sin especificidad alguna.
Pongo estos dos delitos juntos ya que tienen las mismas penas.
Vamos a ver en detalle las penas de los artículos 171.4, 171.7, 172.2 y 172.3.
Los artículos 171.4 y 172.2 dicen (en corchetes lo que cambia entre ambos artículos):
El que de modo leve [coaccione/amenace] a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
Y los artículos 171.7 y 172.3 dicen (en corchetes lo que cambia en ambos artículos):
Fuera de los casos anteriores, el que [cause a otro una coacción de carácter leve / de modo leve amenace a otro], será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. Este hecho sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, la pena será la de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses, ésta última únicamente en los supuestos en los que concurran las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84. En estos casos no será exigible la denuncia a que se refiere el párrafo anterior.
El 171.4 y 172.2 es el que aplica cuando sea de hombre a mujer y el 171.7 y 172.3 cuando sea de mujer a hombre. Por si hubiera dudas, cuando se dice «cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173», los hombres están incluidos en esa lista de personas, con lo que aplica todo lo que viene ahí también. Voy a desgranar ambos artículos (en el contexto de la violencia de pareja) para que se entiendan mejor:
El 171.4 y 172.2 (hombre agresor, mujer víctima):
Prisión 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días
Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años
Posibilidad de perder la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta 5 años
El 171.7 y 172.3 (mujer agresora, hombre víctima):Multa de 1 a 3 meses (no aplica, porque se da el supuesto del segundo párrafo)
Localización permanente de 17 a 30 días o trabajos en beneficio de la comunidad de 17 a 30 días o multa de 2 a 4 meses (la pena se aplica en su mitad superior debido a la agravante de parentesco)
Hay que matizar dos cosas del 171.7 y del 172.3. La primera es que la localización permanente sólo puede darse si el agresor vive en un domicilio diferente de la víctima, que en el contexto de la violencia de pareja se da con menor frecuencia que en el caso general. Respecto de «las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84», son las mismas que en el delito de injurias (visto en el apartado anterior). Recordemos lo que decía la propia fiscal de las mismas:A salvo el pequeño matiz en relación a la multa, que no cabe en el caso de que existan entre autor y víctima relación que de lugar a prestaciones de separación, divorcio o medidas sobre los hijos.
Es decir, si una mujer estuviera pasando a su (ex)marido algún tipo de prestación económica no podría ser multada (le caería otra de las penas alternativas).
Observamos que las mayores diferencias son que el hombre puede ir a la cárcel y la mujer no, y el hombre tiene la posibilidad de perder la custodia y la mujer no. La autora le quita hierro a este último punto afirmando que lo de quitar la patria potestad, en estos casos, no suele hacerse.
En cuanto a las penas accesorias en estos tres delitos [maltrato de obra (153.1), coacciones (171.4) y amenazas (172.2)] -de aplicación facultativa siempre- de suspensión o privación de la patria potestad, sí pueden tener una duración distinta, aunque el tramo es tan amplio que poca efectividad tiene en la práctica, máxime cuando es del todo infrecuente la imposición de una pena de este tipo para un solo delito de los de resultado más leve.
Lesiones graves
Retomamos las lesiones graves recordando algo que he citado antes:Pero, en el caso de entender que sí se da esa importante asimetría, ¿no sería de mayor trascendencia la [diferencia] que afecta a la mujer autora de un delito grave de lesiones con respecto al varón?
Voy a tomar literalmente este párrafo y vamos a ver la trascendencia de la diferencia. Las agresiones con lesiones graves se recogen en el artículo 147.1 del código penal.
- El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
El artículo 147 tiene otros apartados que contemplan otros casos, pero que no resultan en asimetría penal. ¿Y por qué el 147.1 resulta en asimetría penal? La redacción de dicho delito es neutra, pero todo cambia cuando leemos el comienzo del artículo 148:
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
Ah, que si en el 147.1 concurre alguna circunstancia especial, entonces la pena pasa a ser cárcel de 2 a 5 años. De dichas circunstancias, interesa la número 4:
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
El caso 1 hace referencia al uso de armas («comentado» por la autora en su artículo), el 2 hace referencia al ensañamiento, el 3 a si la víctima es menor de 12 años o discapacitado y el 5 en si la víctima es una persona vulnerable que conviva con el autor. Pero, ¿qué pasa cuando sucede una agresión con lesiones graves pero que no incurra en ninguno de los casos anteriores en el contexto de la violencia de pareja?
En el caso de hombre agresor y mujer víctima se aplica el caso 4 del artículo 148, con lo que la pena es siempre de 2 a 5 años de prisión.
El caso de mujer agresora y hombre víctima la pena es la detallada en el artículo 147.1 de prisión, en su mitad superior debido a la agravante de parentesco, de 1 año y 7 meses a 3 años o multa de 9 a 12 meses.
Resulta que, debido al caso 4 del artículo 148, es imposible para un hombre ser penado por el 147.1. En el caso de una agresión con lesiones graves y que no incurra en alguna de las circunstancias del artículo 148, la asimetría penal es patente. Quiero señalar, una vez más, que este es otro caso de asimetría penal en el que es posible que, por los mismos hechos, la mujer no vaya a prisión y sólo se la multe. Y sumando este, ya tenemos tres delitos (amenazas leves, coacciones leves y agresiones con lesiones graves que no incurran en algún supuesto del artículo 148) por los cuales el hombre va a la cárcel y la mujer sólo es multada.Además, no está de más recordar que el juez puede otorgar la suspensión de la pena para penas iguales o inferiores a 2 años de cárcel (los requisitos de la suspensión de la pena están regulados en el artículo 80 del Código Penal). En este caso particular, un hombre sólo tendría esta posibilidad si fuera penado con el mínimo absoluto de su pena (exactamente 2 años), mientras una mujer tiene más posibilidades al tener menos pena (de 3 meses a 3 años).
En el caso de que el hecho fuera una agresión con lesiones graves y que incurra en algún supuesto del artículo 148 (como por ejemplo, el uso de armas que indica la autora) no existe asimetría penal, ya que, tal y como hemos visto antes, si concurriera una de las circunstancias agravantes del artículo 148, ésta tendría preferencia sobre la circunstancia del 148.4.
Volviendo a lo que decía la autora al respecto:
Pero, en el caso de entender que sí se da esa importante asimetría, ¿no sería de mayor trascendencia la [diferencia] que afecta a la mujer autora de un delito grave de lesiones con respecto al varón?
Hace falta cinismo para «olvidarse» de resaltar la mayor de todas las asimetrías penales presentes en el Código Penal en materia de violencia de pareja, y además plantear una inexistente asimetría penal en contra de la mujer.
Amenazas leves con armas
Resulta que dentro del artículo de amenazas leves del Código Penal (el 171) hay un apartado específico de violencia doméstica para las amenazas leves con armas, el 171.5:- El que de modo leve amenace con armas u otros instrumentos peligrosos a alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las contempladas en el apartado anterior de este artículo, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de uno a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de seis meses a tres años.
Si lo comparamos con el de violencia de género del 171.4 visto en el apartado anterior. La diferencia de penas es idéntica a la contenida en los delitos de maltrato de obra (153.1 y 153.2). Concretamente, en negrita las diferencias:
El 171.4 (hombre agresor, mujer víctima):
Prisión 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días
Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años
Posibilidad de perder la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta 5 años
El 171.5 (mujer agresora, hombre víctima):Prisión 3 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días
Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y un día a 3 años
Posibilidad de perder la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento entre 6 meses a 3 años
Alguien podría pensar que el 171.5 tendría prioridad en su aplicación sobre el 171.4, ya que el 171.5 estaría penalizando amenaza leve + armas + parentesco frente al 171.4 que penaliza amenaza leve + parentesco. Sin embargo hay que fijarse que el 171.5 incluye la frase «exceptuadas las contempladas en el apartado anterior de este artículo». O sea que el 171.5 excluye explícitamente las amenazas leves con armas de hombre a mujer. Eso quiere decir que un hombre amenazando de forma leve a su (ex)pareja sentimental incurrirá en el mismo delito independientemente de si usa armas o no.Delitos leves y delitos menos graves
Actualmente, las amenazas leves y coacciones leves tienen categoría de delito leve para las mujeres y de delito menos grave para los hombres. Repasemos las penas (están explicadas en detalle más arriba):Para hombres, prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días
Para mujeres, localización permanente de 5 a 30 días o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días o multa de 1 a 4 meses
En el artículo 33 del código penal encontramos la consideración de cada una de estas penas:- Son penas menos graves:
a) La prisión de tres meses hasta cinco años.
[…]
j) La multa de más de tres meses.
[…]
l) Los trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.
[…] - Son penas leves:
[…]
h) La localización permanente de un día a tres meses.
i) Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.
Y en el artículo 13, el Capitán Obvio viene al rescate:
Artículo 13.
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Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave.
-
Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave.
-
Son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve.
Aquí nos encontramos con un problema. Las penas del delito masculino caen sin duda alguna dentro de la categoría «menos grave», pero la mujer tiene dos alternativas consideradas «leves» y una considerada «menos grave» (la multa). Entonces, ¿el delito femenino es «menos grave» o «leve»? La respuesta se encuentra en el apartado 4 del propio artículo 13 (negritas mías). -
Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el delito se considerará, en todo caso, como grave. Cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como leve.
Así pues, los delitos de coacciones y amenazas realizados por una mujer en el ámbito de la violencia de pareja son considerados leves. ¿Y es importante esta distinción? Lo es y mucho. Una de las diferencias más importantes entre un delito menos grave y un delito leve es que en el segundo no se puede detener al infractor. Esto tiene unas consecuencias dramáticas, ya que, en presencia de estos delitos,los hombres deben ser detenidos (artículo 492 de la LECrim) y está prohibida la detención en el caso de las mujeres (artículo 495 de la LECrim, y disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 1/2015), lo que dispara el número de detenciones de varones en comparación con el de mujeres en el ámbito de la violencia de pareja.
Cierto es que el artículo 495 permite detener de manera excepcional si «el presunto reo no tuviese domicilio conocido ni diese fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerle». Pero en el contexto de la violencia doméstica, lo normal en el 99,99% de casos es que exista domicilio conocido.
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pero hombre pon las sentencias que miremos que hechos probados hubo en cada caso y que artículos del CP se les aplicó.
Pero esto no es desinformar ni @Malcontent te citará.
O a lo mejor no entiendo yo la comparación.
Si tienes hasta series que te hablan de ambos casos.
Para qué cojones necesitas las sentencias?Maje no participó en el asesinato de forma directa. Fue solo la inductora. Y aún así tuvo mayor condena que su amantes, el que consumó el homicidio.
Y la polisera parece que sí que tomó parte activa en la matanza aunque no en la cremá del cadáver. Que tenía que cuidar a su hijita.
Y tb le cayeron 5 años más que a su cómplice masculino.
Dónde quedan vuestras teorías ????
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@rubimor dijo en Actualidad política en España:
@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pues vamos con las fake news:
Maltrato de obra
el maltrato de obra tiene asignada una pena para el hombre autor de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 153.1), mientras que si el delito es cometido por la mujer contra su marido o pareja, la pena es de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios en idéntica extensión (artículo 153.2)Nada mas empezar, la propia fiscal reconoce que existe asimetría penal. Para ser un mito no está mal. No obstante, se deja en el tintero que en los casos en los que el juez decida retirar temporalmente la patria potestad, dicha retirada será de hasta 5 años para los hombres y hasta 3 años para las mujeres.
Estás seguro que has tomado bien los apuntes de tu cuñado????
O copia-pegas sin leer lo que pones??
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pues vamos con las fake news:
Maltrato de obra
el maltrato de obra tiene asignada una pena para el hombre autor de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 153.1), mientras que si el delito es cometido por la mujer contra su marido o pareja, la pena es de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios en idéntica extensión (artículo 153.2)Nada mas empezar, la propia fiscal reconoce que existe asimetría penal. Para ser un mito no está mal. No obstante, se deja en el tintero que en los casos en los que el juez decida retirar temporalmente la patria potestad, dicha retirada será de hasta 5 años para los hombres y hasta 3 años para las mujeres.
Estás seguro que has tomado bien los apuntes de tu cuñado????
@Malcontent pasa el fastchek
Y eso sin contar en el cuadrito el tema de la detención o la perdida de la custodia.
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@rubimor dijo en Actualidad política en España:
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Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pues vamos con las fake news:
Maltrato de obra
el maltrato de obra tiene asignada una pena para el hombre autor de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 153.1), mientras que si el delito es cometido por la mujer contra su marido o pareja, la pena es de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios en idéntica extensión (artículo 153.2)Nada mas empezar, la propia fiscal reconoce que existe asimetría penal. Para ser un mito no está mal. No obstante, se deja en el tintero que en los casos en los que el juez decida retirar temporalmente la patria potestad, dicha retirada será de hasta 5 años para los hombres y hasta 3 años para las mujeres.
Estás seguro que has tomado bien los apuntes de tu cuñado????
@Malcontent pasa el fastchek
Ya veo que no.
Revisa lo que pone en esos artículos. Anda. Tienes un segundo intento.
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@rubimor dijo en Actualidad política en España:
Pero esto no es desinformar ni @Malcontent te citará.
Si tengo que ponerme a citar cada cosa que decís a las bravas, de un lado y otro...
Yo entro a pocos enlaces aquí, pero nada me repatea más que entrar en uno que se intenta aportar como información de cierto valor o autoridad para encontrar un error de bulto tan enorme.
Sobre todo me molesta porque viene a demostrar que algunos sois incapaces de cuestionaros con cierto esfuerzo y constancia nada que venga de vuestra cuerda.Y lo último es ese artículo que se sale por la tangente para 'explicar' cómo es posible que en una sociedad cada vez más capitalista la derecha gane adeptos gracias a un discurso totalmente insolidario y conservador respecto a los privilegios de este egoísmo consolidado. Qué gran misterio! Y sí, pobres chavales de hoy día.
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@rubimor dijo en Actualidad política en España:
Maltrato de obra
el maltrato de obra tiene asignada una pena para el hombre autor de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad (artículo 153.1), mientras que si el delito es cometido por la mujer contra su marido o pareja, la pena es de 3 meses a 1 año o trabajos comunitarios en idéntica extensión (artículo 153.2)
Nada mas empezar, la propia fiscal reconoce que existe asimetría penal. Para ser un mito no está mal. No obstante, se deja en el tintero que en los casos en los que el juez decida retirar temporalmente la patria potestad, dicha retirada será de hasta 5 años para los hombres y hasta 3 años para las mujeres.¿ Qué fiscal?¿ No estás hablando de un artículo del código penal?
.@rubimor dijo en Actualidad política en España:
Redacción textual del artículo 153.1" El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días"
Aquí no habla en ningún momento de que estas penas se apliquen exclusivamente a los hombres. Ni tampoco que se aplique únicamente dentro de una relación afectiva o de matrimonio. Si te fijas también se aplica para los casos en que la persona ofendida sea ESPECIALMENTE VUNERABLE.
En definitiva, que esta pena se aplica indistintamente a hombres o a mujeres, porque habla de que la ofendida haya sido "esposa o mujer...." y el cónyuge o pareja sentimental puede ser otra mujer.Tampoco se aplica a hombres si no existe esa relación sentimental o legal con la "mujer ofendida".
Art 153.2
"2. Si la víctima del delito previsto en el apartado anterior fuere alguna de las personas a que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las personas contempladas en el apartado anterior de este artículo, el autor será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso,"
Aquí sigue sin establecer que esta pena se aplique exclusivamente a las mujeres, en contraposición al art 153.1. Puede darse el caso que el que el maltrato de obra se produzca de un hombre a otro dentro de una relación afectiva o incluso de matrimonio.
Si tu cuñado de abogados cristianos te hubiese dicho que la redacción de esta articulado es de 2015, cuando gobrenaba el PP y no es iniciativa de Irene Montero, igual lo habrías revisado más profundamente.
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Artículo 171.4
"4. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años."
Primero es obvio que no se aplica a los casos de amenazas de un hombre a una mujer si no hay ninguna relación familiar o afectiva de pareja. Por lo que no se puede hablar de diferencias penales entre hombres y mujeres de forma genérica.
Y en segundo lugar, tampoco establece que la pareja de la esposa o mujer o que haya estado ligada....sea un hombre exclusivamente.
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
Si abres la veda de la pena de muerte para unos, puede abrirse para otros los cuales no tenias intención inicialmente. Es lo peligroso de abrir vedas.
Por eso abates terroristas islamicos sin preguntar y vemos todos los días como abaten delincuentes...con esto quiero decir que ya has hecho eso y no se ha abierto nada
Opción 2... los sueltas en la cárcel y que sea lo que el destino quiera
Bueno, no sé los detalles del tema, pero entiendo que si se abate a un terrorista islámico es por riesgo inminente a la vida en ese momento. Si la policía va a pararlo y sigue actuando con violencia... No es lo mismo que tener la pena de muerte contemplada. No sé si hablas de eso.
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@rubimor dijo en Actualidad política en España:
@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Me refería a la violencia en general. Valen lo mismo las vidas de todos los seres humanos. En el caso de los homicidios la cosa se divide entre verdugos y víctimas, no entre varones y mujeres.
Por pone un ejemplo muy claro y conciso....
Esto es como si en los años 70 cuando la gente denuncia que hay racismo y que los negros están siendo perseguidos en Estados Unidos por el ku klux klan, sale uno, el supremacista light, que dice que lo que hay que luchar porque nadie muera ni negros ni blancosDe verdad tío que tú eres más listo que eso
Creo que compartes conmigo que toda muerte violenta es rechazable, eso no lo dudo. Decir eso no ser "light" sino justo (o igualitario, si lo prefieres).
En lo que veo que discrepamos es en comparar el asesinato de mujeres por sus parejas o exparejas con el asesinato de negros por el KKK.
El KKK en los años 20 o 60 del siglo pasado era una organización de blancos gringos que empleaba el terror, la amenaza y a veces el homicidio, para mantener a la población negra en situación de inferioridad política y legal.
La violencia doméstica no está organizada de ningún modo, se emplea únicamente contra la propia familia o ex-familia (lo cual la hace más odiosa, de hecho), y tiene características muy diferentes: es frecuente el maltrato asociado a los hijos (carne de la propia carne) y no es raro que el asesino se suicide o intente suicidar posteriormente, lo que nos dice que no se pueden meter todos los casos en el mismo saco, y que más allá de una común celotipia e inseguridad, los agresores pueden tener diferencias bastante profundas. Nada que ver con una ideología supremacista como la aria americana.El principal problema del feminismo postmoderno, que es quien se ha confiado principalmente el tratamiento de este tema (un error, a mi juicio) es precisamente que transporta el esquema de lucha de clases marxista, adaptado al pensamiento postmoderno victimista (en es sentido histórico del término) a la lucha de sexos. Imitando al movimiento negro, al indigenista, o al gay, se pretende que el fenómeno de la violencia de pareja surge como una especie de medio de control de una ideología machista dominante o generalizada que pretende sojuzgar a las mujeres a los varones por ese medio, siendo el asesinato una especie de extremo para "escarmentar" a las demás. Esa construcción teórica está fuera de la realidad en Occidente, donde la igualdad jurídica está garantizada desde hace muchas décadas. Y desde luego, la lucha de sexos o el "empoderamiento de las mujeres" no sirve para disminuir la violencia de pareja ni, por lo que se ve, pese al aluvión de leyes y medidas policiales, apenas para disminuir el de asesinatos.
Pienso parecido, luego esto tiene consecuencias, y es que al usar este relato en los más jóvenes continuamente, estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Lo que tiene consecuencias nefastas es la falta de estudios y analfabetismo que está detrás de esa tendencia.
Volviendo al tema del fake de que las mujeres reciben condenas menores que los hombres...2 ejemplos;
1 Caso Maje. La viuda negra de Patraix. Ella fue condenada por el asesinato de su marido a 22 años. El asesino a 17 años.
2 Caso Asesina de la guardia urbana de Barcelona. Ella condenada a 25 años. Él a 20.En ambos casos se les aplicó a ellas el agravante de parentesco.
Pero hombre pon las sentencias que miremos que hechos probados hubo en cada caso y que artículos del CP se les aplicó.
Pero esto no es desinformar ni @Malcontent te citará.
O a lo mejor no entiendo yo la comparación.
Si tienes hasta series que te hablan de ambos casos.
Para qué cojones necesitas las sentencias?Maje no participó en el asesinato de forma directa. Fue solo la inductora. Y aún así tuvo mayor condena que su amantes, el que consumó el homicidio.
Y la polisera parece que sí que tomó parte activa en la matanza aunque no en la cremá del cadáver. Que tenía que cuidar a su hijita.
Y tb le cayeron 5 años más que a su cómplice masculino.
Dónde quedan vuestras teorías ????Ah, que lo dices en serio, que de verdad crees que no hay una diferencia de trato entre sexos. Lo dicho, no tiene sentido debatir de nada si no se aceptan las evidencias.
https://www.google.com/amp/s/amp.elmundo.es/espana/2022/09/20/6328b0a0fdddfff05a8b45e3.html
Aunque me parece una tragedia lo que le pasa a esta mujer, me parece curioso como esta noticia retrata todo lo absurdo de la izquierda moderna.
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@biku dijo en Actualidad política en España:
Ah, que lo dices en serio, que de verdad crees que no hay una diferencia de trato entre sexos.
Lo que digo es que no entiendes un carajo de lo que hablas.
No sabes distinguir entre género y sexo, ni tampoco entre trato preferencial con carácter genérico y la existencia de una protección especial a los más desfavorecidos, bien sea por su condición de mujer, niñez, condición sexual o minusvalía.
Las manías no las curan los médicos.
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@biku dijo en Actualidad política en España:
Aunque me parece una tragedia lo que le pasa a esta mujer, me parece curioso como esta noticia retrata todo lo absurdo de la izquierda moderna.
Esa noticia refleja que los centrofachas no os leéis las noticias que os sirven de base para reflejar vuestras absurdas elucubraciones.
Habla de una pareja en la que el hombre tiene un evidente conflicto de identidad. El conflicto entre esa pareja surge cuando él le dice que le gusta ponerse ropa interior femenina y que quiere hormonarse.
El que no quiera cambiarse de sexo, solo de género, porque no quiere desprenderse de su "amigo", es claro síntoma de que se encuentra dentro de los supuestos de un grupo tradicionalmente vulnerable como son los trasexuales.
No es un tío que se ha cambiado de género para demostrar o beneficiarse de las supuestas debilidades de una ley a la que tienen una manía especial.Ale bonico sigue buscando.....
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
Ah, que lo dices en serio, que de verdad crees que no hay una diferencia de trato entre sexos.
Lo que digo es que no entiendes un carajo de lo que hablas.
No sabes distinguir entre género y sexo, ni tampoco entre trato preferencial con carácter genérico y la existencia de una protección especial a los más desfavorecidos, bien sea por su condición de mujer, niñez, condición sexual o minusvalía.
Las manías no las curan los médicos.Y es ahí donde, otra vez más, te equivocas, como casi siempre. Porque sé perfectamente la diferencia que hacéis entre género y sexo.
También me alegra saber que tu mismo sacas a la luz lo que ya intuiamos, que para ti la mujer está al nivel de desproteccion de un niño o un minusvalido y por tanto las tratas como tal.
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@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
Aunque me parece una tragedia lo que le pasa a esta mujer, me parece curioso como esta noticia retrata todo lo absurdo de la izquierda moderna.
Esa noticia refleja que los centrofachas no os leéis las noticias que os sirven de base para reflejar vuestras absurdas elucubraciones.
Habla de una pareja en la que el hombre tiene un evidente conflicto de identidad. El conflicto entre esa pareja surge cuando él le dice que le gusta ponerse ropa interior femenina y que quiere hormonarse.
El que no quiera cambiarse de sexo, solo de género, porque no quiere desprenderse de su "amigo", es claro síntoma de que se encuentra dentro de los supuestos de un grupo tradicionalmente vulnerable como son los trasexuales.
No es un tío que se ha cambiado de género para demostrar o beneficiarse de las supuestas debilidades de una ley a la que tienen una manía especial.Ale bonico sigue buscando.....
No hombre, para conseguir las supuestas debilidades de esa ley ya hay otros ejemplos.
Pero es muy curioso como la propia mujer se queja de sentirse desprotegida cuando su pareja cambia de sexo y pasa a ser mujer porque ya no le aplican los privilegios de ser mujer y su pareja ser hombre.
Privilegios que no tendría como hombre en ningún caso.
También indica la incongruencia entre dejar libre elección de sexo, que a mí personalmente me parece bien y me da igual y los desequilibrios legales de ser mujer vs ser hombre.
Pero vamos, que este conflicto no me lo invento yo. Ahí tienes a las hembristas radicales y a las hembristas queer peleando justo por ese punto.
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
estos se rebelan contra ello, reflejandose en el porcentaje de varones menores a 25 años que votan a VOX o el porcentaje que rechazan el feminismo.
Porque ven peligrar su posición privilegiada frente a sus "compañeras"
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"Exbicepresidente": exigimos la retirada inmediata del cóctel Durruti o el proletariado anarquista pasará a la acción"
Pues estoy un poco de acuerdo con el mensaje, en lo de pasar a la acción no tanto
Que uses el nombre de gente que dio sus vidas por una idea, para poner nombre a un plato de cocina me parece de poco respeto y manda huevos que lo haga el
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
"Exbicepresidente": exigimos la retirada inmediata del cóctel Durruti o el proletariado anarquista pasará a la acción"
Pues estoy un poco de acuerdo con el mensaje, en lo de pasar a la acción no tanto
Que uses el nombre de gente que dio sus vidas por una idea, para poner nombre a un plato de cocina me parece de poco respeto y manda huevos que lo haga el
El cóctel Durruti es intolerantemente ofensivo porque Durruti fue un mártir por sus ideas (aunque no sabemos si lo mataron los fascistas o sus supuestos amigos los comunistas). Caso de que no se retire el proletariado pasará a la acción.
Cocinar un Cristo en televisión, en cambio, es un ejercicio de libertad de expresión y de sentido del humor. Y pretender multarlo o prohibirlo es censura.
Vale.
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@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Cocinar un Cristo en televisión, en cambio, es un ejercicio de libertad de expresión y de sentido del humor. Y pretender multarlo o prohibirlo es censura.
Vale.-
Pero tu estas seguro de que Cristo no es un personaje de ficción o alegoría??
Comparar algo que no estamos seguros de que existo con algo que si sabemos, no sé yo... -
Además usarlo en algo mercantil y capitalista peor todavía .. .
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Además tu que cognio haces defendiendo a Pablo Iglesias?? Que te me has hecho bolchevique estas fallas?
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Los propios cristianos tienen un dulce que se llama huesitos de santo ... eso es canibalismo, blodel
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@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Y pretender multarlo o prohibirlo es censura.
Igual a Pablo le hacen un simpa masivo en el bar pidiendo el dicho cóctel...(idea para la acción proletaria)
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
"Exbicepresidente": exigimos la retirada inmediata del cóctel Durruti o el proletariado anarquista pasará a la acción"
Pues estoy un poco de acuerdo con el mensaje, en lo de pasar a la acción no tanto
Que uses el nombre de gente que dio sus vidas por una idea, para poner nombre a un plato de cocina me parece de poco respeto y manda huevos que lo haga el
Por cierto, he visto un reportaje sobre el local y parece un parque temático del revolucionario urbano. Me parece muy bien que Iglesias monte otro negocio, después de La Tuerka. Se está haciendo todo un empresario :D. Muy ingeniosa la carta y todas las referencias a filósofos y luchadores socialistas y comunistas. Eso sí, más que homenaje parece un poquito... casi que coña.
Tengo dos preguntas ¿los precios serán populares? ¿Las puertas de la entrada serán giratorias?
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Cocinar un Cristo en televisión, en cambio, es un ejercicio de libertad de expresión y de sentido del humor. Y pretender multarlo o prohibirlo es censura.
Vale.-
Pero tu estas seguro de que Cristo no es un personaje de ficción o alegoría??
Comparar algo que no estamos seguros de que existo con algo que si sabemos, no sé yo... -
Además usarlo en algo mercantil y capitalista peor todavía .. .
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Además tu que cognio haces defendiendo a Pablo Iglesias?? Que te me has hecho bolchevique estas fallas?
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Los propios cristianos tienen un dulce que se llama huesitos de santo ... eso es canibalismo, blodel
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Hay más testimonios directos, y más cercanos, de la existencia de Cristo que de la de Julio César. Pero tú a lo tuyo.
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Se han empleado nombres de personas famosas para todo tipo de productos desde hace mucho tiempo. Ninguna novedad. Y en ese bar hay cócteles con nombres de todo tipo de "luchadores por la libertad", no es nada contra Durruti.
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Yo defiendo lo que me parece correcto, o mejor, o menos malo, se llame Pablo Iglesias o Tutanfrankon.
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Knock out.
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@alekgrana dijo en Actualidad política en España:
@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Y pretender multarlo o prohibirlo es censura.
Igual a Pablo le hacen un simpa masivo en el bar pidiendo el dicho cóctel...(idea para la acción proletaria)
Eso sí que es pasar a la acción el proletariado.
"Fíame un Durruti, jefe, que somos compañeros de barricada antifascista"
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@biku dijo en Actualidad política en España:
@fonseca-5 dijo en Actualidad política en España:
@biku dijo en Actualidad política en España:
Ah, que lo dices en serio, que de verdad crees que no hay una diferencia de trato entre sexos.
Lo que digo es que no entiendes un carajo de lo que hablas.
No sabes distinguir entre género y sexo, ni tampoco entre trato preferencial con carácter genérico y la existencia de una protección especial a los más desfavorecidos, bien sea por su condición de mujer, niñez, condición sexual o minusvalía.
Las manías no las curan los médicos.Y es ahí donde, otra vez más, te equivocas, como casi siempre. Porque sé perfectamente la diferencia que hacéis entre género y sexo.
También me alegra saber que tu mismo sacas a la luz lo que ya intuiamos, que para ti la mujer está al nivel de desproteccion de un niño o un minusvalido y por tanto las tratas como tal.
Aunque de psiquiatría voy algo corto, creo que vuestras taras no se curan con una pastillita.
Así que hoy a seguir los consejos de Mark Twain.PD Hay un colectivo entre las mujeres; muy numeroso y que es muy sensible a presiones y amenazas. Ama de casa, sin ingresos propios, con hijos pequeños,....que si no las ayudas y proteges de forma especial, ante amenazas y malos tratos tienen pocos recursos para evitar esas amenazas y alejarse de una vida infeliz.
No es tan difícil de deducir si quieres hacerlo. Pero desde luego esa capacidad de asociar ideas no te la da una pastilla.
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@gimnastico_1909 dijo en Actualidad política en España:
Hay más testimonios directos, y más cercanos, de la existencia de Cristo que de la de Julio César. Pero tú a lo tuyo.
Dos mitos xD.. julito fue un golpista, nada de héroe
Y Jesus si existió seguramente fue una figura completamente distinta a lo contado