EL JUEZ F. PRESENCIA EMBARGA LOS BIENES DE LOS CONSEJEROS
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Finalmente el juez en su auto ha hecho lo que el SAM reclamo hace unos dias.El SAM esta trabajando de una forma muy responsable y los administradores y el juez le estan haciendo caso.Bravo al SAM.
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Muy buena estrategia. Aquí lo importante es que Pedro Villarroel vea que esta vez no puede jugar con el club y que el cerco se le estrecha. En el fondo esta acción del juez es un aviso serio: se acabaron las tomaduras de pelo.
¿Ya ha venido Rabade?
Felicitaciones a los ideólogos de la estrategia, sea quienes sean.
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Buena notica para los que queremos al levante ud.Ya esta bien que esos casposos juegen con el levante como si fuera un muñeco.
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bien por el juez y bien por el SAM,esta claro que el peso de la ley caera sobre estos sinverguenzas
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¿Y ahora, que dice el docto y enterado MAGDALENO?
Os recuerdo lo que él decía el 20 de febrero:
"…Y dale con el Consejo Superior de Deportes. Por favor, dejemos ya de decir tonterías. El CSD no tiene vela en este entierro (y nunca mejor dicho)."
Pues ahi tienes el entierro, Magdaleno.
Tras ser un ideólogo pertinaz en este foro, deberías reaparecer y al menos reconocer tus patinazos. Has estado confundiendo a los foreros durante muchas semanas.
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¿Y ahora, que dice el docto y enterado MAGDALENO?
Os recuerdo lo que él decía el 20 de febrero:
"…Y dale con el Consejo Superior de Deportes. Por favor, dejemos ya de decir tonterías. El CSD no tiene vela en este entierro (y nunca mejor dicho)."
Pues ahi tienes el entierro, Magdaleno.
Tras ser un ideólogo pertinaz en este foro, deberías reaparecer y al menos reconocer tus patinazos. Has estado confundiendo a los foreros durante muchas semanas.¿ME QUIERES EXPLICAR, ERUDITO AMIGO, QUÉ TIENE QUE VER EL TOCINO CON LA VELOCIDAD?
¿Tiene el CSD la culpa de la situación económico financiera del Levante por no haber reclamado las cuentas anuales del club?
Te recuerdo que eso dijeron los AC y a esa "teoría", por no llamarle de otra forma, se sumó el SAM.
¿De qué patinazo estás hablando?
A mí personalmente, ME DA IGUAL QUE LE EMBARGUEN LOS BIENES A ESTOS SEÑORES. Lo que me importa es el Levante. Y, sinceramente, tirándole chinitas absurdas al CSD no creo que vayamos a resolver gran cosa.
Mientras tanto, Villarroel sigue siendo el dueño de facto del club. La deuda sigue siendo de 90 millones de euros y NO EXISTE NINGÚN PLAN FINANCIERO SERIO que permita salir de esta situación.
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Si hubieran controlado las cuentas "irreales" del club, igual no hubieramos llegado ni a lo de Panama. Son culpables por omision.
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Si hubieran controlado las cuentas "irreales" del club, igual no hubieramos llegado ni a lo de Panama. Son culpables por omision.
Pero ¿qué control coño?
Entérate de una vez:
LA LEY NO CONFIERE ATRIBUCIONES AL CSD PARA INTERVENIR UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA POR FRAUDE CONTABLE.
De hecho, el CSD no tiene un cuerpo de economistas / auditores para evaluar las cuentas de los clubes.
Simplemente debía mantener un registro operativo con las cuentas anuales. Exáctamente igual que el Registro Mercantil. ¿Qué hacemos? ¿Encarcelamos al Registrador porque el Levante NO depositaba las cuentas en el Registro? Entonemos todos ¡CSD, Registro Mercantil y Villarroel, A Carabanchel!
Si las cuentas están mal formuladas, es responsabilidad del auditor mencionarlo en las PROPIAS CUENTAS ANUALES. NO ES RESPONSABILIDAD DEL CSD. Qué manera de mezclar churras con merinas….
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Aquí cada uno entiende lo que quiere y se lleva a su terreno lo que le place.
El juez dice en referencia a la anulación de la transmisión accionarial:
"… así mismo interesa se libre mandamiento al Notario autorizante de la escritura a fin de que tome nota en su protocolo de la resolución estimatoria de las medidas y devuelva debidamente diligenciado, interesando la unión a autos de dicha documentación, e interesando se libre oficio en los mismos términos al Consejo Superior de Deportes".
Monólogos de sordos no, por favor. Y tampoco vendría mal en este foro un poco más de respeto a las opiniones distintas a las de uno, expuestas con respeto y sin calificativos despectivos vomitivos.
Venga: ahora vienen las descalificaciones hacia mí. Pero que conste que me limito a pedir respeto hacia las personas y a copiar parte del largo párrafo del auto del juez Presencia.
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Aquí cada uno entiende lo que quiere y se lleva a su terreno lo que le place.
El juez dice en referencia a la anulación de la transmisión accionarial:
"… así mismo interesa se libre mandamiento al Notario autorizante de la escritura a fin de que tome nota en su protocolo de la resolución estimatoria de las medidas y devuelva debidamente diligenciado, interesando la unión a autos de dicha documentación, e interesando se libre oficio en los mismos términos al Consejo Superior de Deportes".
Monólogos de sordos no, por favor. Y tampoco vendría mal en este foro un poco más de respeto a las opiniones distintas a las de uno, expuestas con respeto y sin calificativos despectivos vomitivos.
Venga: ahora vienen las descalificaciones hacia mí. Pero que conste que me limito a pedir respeto hacia las personas y a copiar parte del largo párrafo del auto del juez Presencia.Y?????? ¿A mí que me estás contando, coño?
¿Pone ahí que el CSD es responsable de la situación económico financiera del Levante por no haber reclamado las cuentas a tiempo?
De verdad, LO TUYO ES ALUCINANTE. Pero realmente ¿a ti qué te pasa? ¿No entiendes lo que lees? ¿O tomas a la gente por idiota?
¿QUÉ TIENE QUE VER UNA COSA CON LA OTRA?
QUÉ TIENE QUE VER LO QUE YO DIJE CON RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD DEL CSD EN LO SUCEDIDO CON EL LEVANTE CON EL HECHO DE QUE EL SEÑOR RABADE NO HAYA TENIDO EN CUENTA UN REQUISITO LEGAL RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE SU PAQUETE ACCIONARIAL.
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ya me gustaría saber de leyes, pero cuando empezé a estudiar nunca quizé Derecho porque me aburria. Se algo de Medicina… tomaros Valium y tranquilizaros.
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Magdaleno ha perdido los estribos. Coños, idiotas, mayúsculas que sugieren gritos, agresividad descontrolada… y al final nada de nada. No aporta nada útil al foro y al fondo del asunto. Sus argumentos son inertes, nihilistas, prescindibles.
Magdaleno no confunde las churras con las merinas, sino las merinas con las churras, que es mucho más grave. Y su solitario discurso ni ayuda a la institución granota, ni a la cultura jurídica de los foreros que prefieren -es su libre elección- discutir sobre el sueldo de Geijo o la renovación de Reina...
Lo dicho ¿cómo convertir un herbicida en un fertilizante?
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Si hubieran controlado las cuentas "irreales" del club, igual no hubieramos llegado ni a lo de Panama. Son culpables por omision.
Pero ¿qué control coño?
Entérate de una vez:
LA LEY NO CONFIERE ATRIBUCIONES AL CSD PARA INTERVENIR UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA POR FRAUDE CONTABLE.
De hecho, el CSD no tiene un cuerpo de economistas / auditores para evaluar las cuentas de los clubes.
Enterate tu de una vez, que en la Ley de las SAD se deja bien claro que el CSD ha de velar por el buen cumplimiento de estas normas y que ha de "recopilar" semestralmente las cuentas de los clubs, y no me he leido la ley entera, pero como en todas las leyes del mundo mundial, debe especificar que debe hacer el CSD o a quien acudir en el caso de que sospeche de que hayan irregularidades. Su funcion es la de mero vigilante, y en caso de ocurrir algo mientras el futbol este bajo su custodia, es responsable de hasta donde sus funciones le permitan hacer o no hacer.
No se le puede reclamar ni un euro al CSD de nuestra deuda ni hacerlo culpable de lo que hizo Villarroel, pero si de apartar la mirada a otro lado, al igual que se hizo con lo de los amaños de los partidos. ¿O ahi tampoco es culpable ningun organismo de no controlar el fraude en el deporte ya sea doping, arbitrajes, fraudes economicos y otras aberraciones a las que estamos acostumbrados?
Lo que de verdad ocurre, es que no interesa a nadie meterle huevos al asunto y realizar una limpieza en las instituciones corruptas como la Federacion y el CSD como en los gobiernos, los partidos politicos o cualquier estamento en el que la gente tenga "intereses".
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Magdaleno ha perdido los estribos. Coños, idiotas, mayúsculas que sugieren gritos, agresividad descontrolada… y al final nada de nada. No aporta nada útil al foro y al fondo del asunto. Sus argumentos son inertes, nihilistas, prescindibles.
Magdaleno no confunde las churras con las merinas, sino las merinas con las churras, que es mucho más grave. Y su solitario discurso ni ayuda a la institución granota, ni a la cultura jurídica de los foreros que prefieren -es su libre elección- discutir sobre el sueldo de Geijo o la renovación de Reina...
Lo dicho ¿cómo convertir un herbicida en un fertilizante?Lamento que tengas esa opinión de mis intervenciones en este foro. Yo siempre he pensado que la labor del SAM era y es muy necesaria, como lo es la labor de los AC. Y creo que mis intervenciones en este foro, como las de todos los aficionados, también lo son, incluidas las de aquellos que opinan sobre el sueldo de Geijo o la renovación de Reina. Al fin y al cabo, cada uno es libre de vivir el levantinismo como estime oportuno. No te sobreestimes. Tú no eres mejor que nadie por dejar de opinar sobre el sueldo de Geijo.
En realidad, y a pesar de haber descalificado mi posición, sigues sin contestarme. Tú sabes de derecho. No eres como otros que opinan sin haberse leído la ley, como quién opina sobre la nariz de Letizia o el modelito de Victoria Beckham. Sabes perfectamente que el CSD no es responsable ni por acción ni por omisión de la situación que vive el Levante en la actualidad. Miles de empresas nacen y desaparecen cada año, sin que podamos por ello acusar al gobierno de mirar hacia otra parte. Vivimos en una economía de libre mercado, en la cual las empresas ven recompensado su acierto a través de los beneficios, y penalizado su desacierto a través de las pérdidas e incluso, llegado el caso, a través de la liquidación de la sociedad.
¿Tiene el gobierno la culpa de una quiebra? ¿Tiene el CSD la culpa, Kronos? Es evidente que NO. Es cierto, el CSD incumplió su obligación de reclamar las cuentas anuales del Levante. Pero no es menos cierto que dicho incumplimiento no generó daño alguno ni a los acreedores de la sociedad ni a sus accionistas, QUE DISPONÍAN DE LAS CUENTAS DEL CLUB acudiendo simplemente a las juntas generales.
El CSD no tiene ninguna atribución en cuanto a la supervisión de las cuentas anuales de los clubes. No le corresponde a él determinar si las cifras se ajustan o no a los principios contables generalmente aceptados. Como no le corresponde al Registro Mercantil determinar si la empresa ha estimado correcta o incorrectamente los ajustes por devengo incorporados al resultado del ejercicio. ÉSTA ES TAREA DEL AUDITOR DE CUENTAS. Entiendo que un aficionado, QUE NO SE LEE LA LEY, y no entiende de estas cosas quiera buscar un culpable. Pero no entiendo que personas formadas puedan actuar de un modo similar. A no ser que tengan algún interés mediático. A no ser que tengan ganas de aparecer en los medios, ejerciendo de Émile Zola con una parodia ridícula de su famoso "J'accuse". Un minutito de gloria que proporciona una notoriedad que, luego, VIENE BIEN.
Y a mí eso no me gusta. No me gusta porque estoy harto de que se utilice al Levante para figurar. Me cae más simpático el socio capitalista, que pone su dinero para que todos podamos disfrutar del fútbol todos los domingos. El listillo que no pone pasta y se dedica a figurar me cae un poquito peor. Que se le va a hacer. Así que, aunque a ti no te guste, aunque te parezca inerte y prescindible, seguiré denunciando cada actuación del SAM que me parezca absurda, cada actuación de los AC que resulte inadecuada, como denuncié en este mismo foro cada actuación inadecuada de Pedro Villarroel. Muchos de los que ahora se ríen, fueron tontos útiles que se tragaron una tras otra las mentiras de Pedro, incluido el esperpento de Carmona. "Ja, ja, ja", dicen. Es la risa que les causa su propia estulticia.
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Si hubieran controlado las cuentas "irreales" del club, igual no hubieramos llegado ni a lo de Panama. Son culpables por omision.
Pero ¿qué control coño?
Entérate de una vez:
LA LEY NO CONFIERE ATRIBUCIONES AL CSD PARA INTERVENIR UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA POR FRAUDE CONTABLE.
De hecho, el CSD no tiene un cuerpo de economistas / auditores para evaluar las cuentas de los clubes.
Enterate tu de una vez, que en la Ley de las SAD se deja bien claro que el CSD ha de velar por el buen cumplimiento de estas normas y que ha de "recopilar" semestralmente las cuentas de los clubs, y no me he leido la ley entera, pero como en todas las leyes del mundo mundial, debe especificar que debe hacer el CSD o a quien acudir en el caso de que sospeche de que hayan irregularidades. Su funcion es la de mero vigilante, y en caso de ocurrir algo mientras el futbol este bajo su custodia, es responsable de hasta donde sus funciones le permitan hacer o no hacer.
No se le puede reclamar ni un euro al CSD de nuestra deuda ni hacerlo culpable de lo que hizo Villarroel, pero si de apartar la mirada a otro lado, al igual que se hizo con lo de los amaños de los partidos. ¿O ahi tampoco es culpable ningun organismo de no controlar el fraude en el deporte ya sea doping, arbitrajes, fraudes economicos y otras aberraciones a las que estamos acostumbrados?
Lo que de verdad ocurre, es que no interesa a nadie meterle huevos al asunto y realizar una limpieza en las instituciones corruptas como la Federacion y el CSD como en los gobiernos, los partidos politicos o cualquier estamento en el que la gente tenga "intereses".
Como tu comprenderás no te voy a contestar. Me aburre la gente como tú. Leete la ley y cuando hayas encontrado un solo artículo que obligue al CSD a verificar si las cuentas anuales de los clubes cumplen los criterios de contabilidad generalmente aceptados, vienes y me lo cuentas. Cuando encuentres un solo párrafo que atribuya al CSD la capacidad de intervenir un club de fútbol debido al deterioro de su situación económico financiera, nos lo explicas. Pero como tu comprenderás, con argumentos como "no me he leido la ley entera, pero como en todas las leyes del mundo mundial, debe especificar que debe hacer el CSD o a quien acudir en el caso de que sospeche de que hayan irregularidades", NO HAY NADA QUE DISCUTIR. LO DICHO ENTÉRATE.
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Muchos de los que ahora se ríen, fueron tontos útiles que se tragaron una tras otra las mentiras de Pedro, incluido el esperpento de Carmona. "Ja, ja, ja", dicen. Es la risa que les causa su propia estulticia.
Aqui el único tonto y el único esperpento eres tú. Lo de Carmona fué posiblemente lo único que no era mentira de PV.
Eso fue verdad. Iba por derecho y Pedrito se salió con la suya con la ayuda del sr. Andreu. A ver si te enteras de una puta vez.
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@ORO EN GRANO:
Lo de Carmona fué posiblemente lo único que no era mentira de PV.
Hombre … INTELIGENCIA EN GRANO. Un abrazo.
Por cierto, ¿qué tal el emisario retenido en la frontera suiza? ¿Ha podido ya salir? ¿Y el código SWIFT? ¿Lo han enviado ya o sigue estropeado el fax? ¿Y el billón (español) de euros en el banco de Singapur? ¿Qué tal ha resistido la crisis?
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Para que veas que no hablo en balde y que hablo con conocimiento de causa, aqui te adjunto dos articulos de la Ley de Sociedades Anonimas Deportivas en las que se deja bien clarito que una de las funciones basicas del CSD es la de controlar y supervisar las economias de los clubs.
@1v3gpj9k:
CAPÍTULO IV.
NORMAS CONTABLES E INFORMACIÓN PERIÓDICAArtículo 19. Obligaciones contables.
1. Las sociedades anónimas deportivas que cuenten con varias secciones deportivas llevarán una contabilidad que permita diferenciar las operaciones referidas a cada una de ellas con independencia de su integración en las cuentas anuales de la sociedad.
2. La contabilidad de las sociedades anónimas deportivas se regirá por la normativa contable establecida en el Código de Comercio y Ley de Sociedades Anónimas y por sus disposiciones de desarrollo. El Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, podrá aprobar mediante Orden la adaptación del Plan General de Contabilidad a las sociedades anónimas deportivas en la que se considerarán las características y naturaleza de las actividades desarrolladas, adecuándose a ellas las normas y criterios de valoración, así como la estructura, nomenclatura y terminología de las cuentas anuales.
3. En apartados específicos de la memoria de las cuentas anuales se recogerá, al menos, la siguiente información: Sin perjuicio de la aplicación del artículo 200 de la Ley de Sociedades Anónimas, deberá especificarse la distribución del importe neto de las cifras de negocios correspondientes a las actividades propias de cada sección deportiva de la sociedad, derechos de adquisición de los jugadores, inversiones realizadas en instalaciones deportivas, derechos de imagen de los jugadores y aquellos otros extremos de relieve que se establezcan en las normas de adaptación a que se refiere el apartado anterior.
Artículo 20. Información periódica. Redacción según Real Decreto 1412/2001, de 14 de diciembre.
1. Las sociedades anónimas deportivas deberán remitir al Consejo Superior de Deportes la información anual y semestral prevista en este artículo.
2. La información semestral se referirá al período comprendido entre el inicio del ejercicio y el último día de cada semestre natural, será formulada por los administradores de la sociedad y habrá de ser remitida al Consejo dentro de los tres meses siguientes a la fecha de cierre del período.
Dicha información deberá incluir, al menos, unos estados intermedios de la sociedad de los indicados en la norma de elaboración de cuentas 12 "Estados financieros intermedios" contenida en la cuarta parte del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, y, en su caso, un balance de la sociedad y del grupo consolidado y la cuenta de pérdidas y ganancias de la sociedad y una memoria consolidados del grupo de sociedades referidos a dicho período. Adicionalmente, se elaborará un informe en el que consten las transacciones de la sociedad con sus administradores, directivos y accionistas significativos.
3. La información relativa a las transacciones entre las sociedades anónimas deportivas y sus accionistas significativos, sus administradores y sus directivos, a que se refiere el apartado anterior, incluirá información cuantificada de las citadas transacciones, así como las de cualquier otra persona que actúe por cuenta de éstos. A estos efectos, se entenderá por transacción toda transferencia o intercambio de recursos u obligaciones u oportunidad de negocio con independencia de que exista o no un precio por esa operación.
Esta información habrá de facilitarse de forma agregada de acuerdo con la naturaleza de las transacciones efectuadas entre la sociedad y las personas vinculadas a ella mencionadas en el párrafo anterior. No obstante, si alguna de las transacciones fuera muy significativa por su cuantía o trascendencia para la adecuada comprensión de los estados financieros de la sociedad, habrá de facilitarse información individualizada en la misma.
4. La información anual a remitir al Consejo Superior de Deportes será las cuentas anuales individuales y, en su caso, consolidadas, incluyendo en ambos casos el informe de gestión, la memoria y el informe de auditoría.
Dicha información deberá enviarse al Consejo Superior de Deportes antes del depósito de dichas cuentas en el Registro Mercantil.
En el caso de que una vez formuladas las cuentas anuales y el informe de gestión aparecieran en ellos divergencias respecto a la información semestral anteriormente remitida, los administradores de la sociedad anónima deportiva deberán comunicar al Consejo Superior de Deportes las modificaciones que tales divergencias habrían determinado en dicha información semestral. La comunicación habrá de practicarse dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que los administradores hayan formulado las cuentas.
Del mismo modo, si el informe de auditoría o el informe de gestión contuvieran salvedades o discrepancias respecto de la información semestral anteriormente remitida, corregida en su caso en la comunicación evacuada de conformidad con lo previsto en el párrafo anterior, deberá comunicarse al Consejo Superior de Deportes las modificaciones que tales salvedades o discrepancias habrían determinado en la información semestral. La comunicación correspondiente deberá practicarse dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que se haya emitido el informe de auditoría.
5. Cuando el informe de auditoría de las cuentas anuales contuviese salvedades, cuantificadas o no, y cuando la opinión del auditor fuese adversa o hubiese sido denegada, las sociedades anónimas deportivas deberán recabar de sus auditores un informe especial, que se remitirá al Consejo Superior de Deportes con la información semestral siguiente, y que contendrá, al menos, la siguiente información:
En el supuesto de que hayan sido corregidas o despejadas las salvedades formuladas a las cuentas anuales del último ejercicio, deberá ponerse de manifiesto esta circunstancia, así como la incidencia que tienen las correcciones introducidas con tal motivo sobre la información periódica del ejercicio en curso.
2.En el supuesto de persistir las causas que dieron lugar a la opinión con salvedades, incluidas la denegación de opinión y la opinión adversa, se hará constar expresamente dicha circunstancia y, siempre que sea posible, los efectos que se derivarían de haber efectuado los ajustes necesarios en las cuentas anuales o documentos auditados para que no figurasen en el informe de auditoría las correspondientes salvedades.
6. Las sociedades anónimas deportivas, cuyas acciones estén admitidas a cotización en una Bolsa de Valores, deberán cumplimentar las obligaciones de información periódica establecidas por la legislación del Mercado de Valores. La Comisión Nacional del Mercado de Valores, una vez recibida la información pertinente, remitirá al Consejo Superior de Deportes una copia de la misma en el plazo de diez días y, en el caso de que el informe del auditor no contuviese una opinión favorable, podrá suspender la cotización de las acciones por el tiempo que considere necesario para que la información económica sea conocida por los agentes intervinientes en el mercado, garantizándose la transparencia en la formación de los precios.
El Ministro de Economía, previo informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, regulará las especialidades que pueden concurrir en relación con el alcance y la frecuencia de la información que las sociedades anónimas deportivas cotizadas en Bolsa deberán hacer pública y establecerá los modelos o formularios relativos a la información periódica, así como las instrucciones de cumplimentación de tales formularios.
7. Además de lo dispuesto en los párrafos anteriores y en la legislación aplicable a las sociedades anónimas, el Consejo Superior de Deportes, de oficio o a petición de la liga profesional correspondiente, podrá exigir el sometimiento de una sociedad anónima deportiva a una auditoría complementaria realizada por auditores por él designados con el alcance y el contenido que se determine en el correspondiente acuerdo. La sociedad anónima deportiva estará obligada a colaborar con el auditor de cuentas, facilitándole toda la información que le sea solicitada por éste, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
@1v3gpj9k:
DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Coordinación de las Competencias del Consejo Superior de Deportes y de las ligas profesionales.
**1. Las competencias que la Ley del Deporte y este Real Decreto atribuyen al Consejo Superior de Deportes en materia de control accionarial y de supervisión económica de clubes que participan en competiciones oficiales profesionales de ámbito estatal y sociedades anónimas deportivas, se ejercerán sin perjuicio de las que en el ámbito asociativo puedan establecer las ligas profesionales correspondientes en uso de las competencias de supervisión, tutela y control que las mismas tienen en virtud del artículo 41.4.b) de la Ley del Deporte.
2. El Consejo Superior de Deportes y las ligas profesionales fijarán de común acuerdo los mecanismos de coordinación de sus respectivas competencias, en especial por lo que se refiere a la recíproca comunicación de información y de notificación de los, acuerdos que ambas entidades adopten en el ejercicio de las mismas.
Y ahora te dejo el articulo 41 b de la ley del Deporte que tambien hace referencia a que esta obligado a hacer el CSD:
@1v3gpj9k:
Artículo 41
1. En las Federaciones deportivas españolas donde exista competición oficial de carácter profesional y ámbito estatal se constituirán Ligas, integradas exclusiva y obligatoriamente por todos los Clubes que participen en dicha competición.
2. Las Ligas profesionales tendrán personalidad jurídica, y gozarán de autonomía para su organización interna y funcionamiento respecto de la Federación deportiva española correspondiente de la que formen parte.
3. Los Estatutos y Reglamentos de las Ligas profesionales serán aprobados por el Consejo Superior de Deportes, previo informe de la Federación deportiva española correspondiente, debiendo incluir, además de los requisitos generales señalados reglamentariamente, un régimen disciplinario específico.
4. Son competencias de las Ligas profesionales además de las que pueda delegarles la Federación deportiva española correspondiente, las siguientes:
a) Organizar sus propias competiciones, en coordinación con la respectiva Federación deportiva española y de acuerdo con los criterios que, en garantía exclusiva de los compromisos nacionales o internacionales, pueda establecer el Consejo Superior de Deportes.
b) Desempeñar, respecto de sus asociados, las funciones de tutela, control y supervisión establecidas en la presente Ley.
c) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos previstos en la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo.
Solo falta por encontrar cuales son los mecanismos que han acordado la LFP y el CSD para el buen cumplimiento de esta normativa, tal y como se indica varias veces en toda el texto de la ley de las SAD y de la ley del deporte. Me imagino que a esa normativa podran acceder los clubs a traves del libro de reglamentos de la LFP, pues a dia de hoy no la he encontrado por la red, aunque seguire indagando a ver que encuentro.
Espero que no te aburras esta vez!**
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MI ÚLTIMO MENSAJE (DE INTERÉS GENERAL) PARA MAGDALENO:
Díme Magdaleno, además de disparar a todo lo que mueve en el foro, de prolongar debates estériles, de generar post casi ilegibles de extensión desproporcinoada, de imponer tu pensamiento único, además de eso…
¿Has hecho algo útil, bueno, proactivo, positivo, generoso, ejemplar, incluso altruista o ingenuo, por nuestro Levante agonizante, al que dices querer?
¿O lo tuyo es simplemente aprovechar la tribuna para erigirte en oráculo, demostrar la ignorancia de los demás?
¿O tu eres sólo granota de boquilla, parapetado en el ordenador?
Este es mi último debate contigo. Prefiero argumentar sobre el salario de Geijo.
¿Cómo convertir un herbicida en un fertilizante?
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@ORO EN GRANO:
Lo de Carmona fué posiblemente lo único que no era mentira de PV.
Hombre … INTELIGENCIA EN GRANO. Un abrazo.
Por cierto, ¿qué tal el emisario retenido en la frontera suiza? ¿Ha podido ya salir? ¿Y el código SWIFT? ¿Lo han enviado ya o sigue estropeado el fax? ¿Y el billón (español) de euros en el banco de Singapur? ¿Qué tal ha resistido la crisis?
Veo que sigues igual de imbecil que siempre. Y que sigues llamando tontos a los demas.
El emisario no ha venido todavia de Suiza porque está con tu …..., bueno te voy a contestar bien...
El codigo Swift no se envia, se envia el Swift, y por supuesto no se envia por fax. enterao.
Lo de Singapur, no sé de que me hablas.
Algún dia (cuando a mi me de la gana)te demostraré a ti y a los demas que llevo razón cuando digo que lo de Carmona no fué una pantomima orquestada por Pedro Villareal., que por supuesto hubo contactos entre ellos a traves de la abogada de Carmona, sobre todo para aclarar los 4 millones y pico de euros de las facturas que según Villarroel le debia el Club, pero que en ningún momento antes de la entrada en escena de Carmona se habian visto ni habian hablado los dos, ni a traves de Julio Romero ni nadie. Que el primer contacto fué con Dolores Escamilla en las oficinas del club, que el segundo fué una reunión con el consejo por la noche en la que no asistió porque no pudo Julio Romero.
¿Quieres que te cuente mas?. Pues no, no te voy a contar más....
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Página 758 informe Ley Concursal Real Sociedad de San Sebastián S.A.D.
"No existe constancia del cumplimiento del articulo 1412/2001 durante el ejercicio anterior a la solicitud del concurso, para lo cual se solicita a la parte concursada su ejecución".
No se puede desviar un discurso a lo que a uno le interesa. Hay que sujetarse a su textualidad. Y si puede ser con educación y el respeto, mejor que mejor porque los argumentos ganan peso y capacidad de convicción.
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sere un pesado, pero al igual que el juez embarga los bienes de estos señores, igual podría haber hecho ya hace tiempo con los bienes de los señores Romero y Villaroel, por malversación de fondos, delito en documento mercantil, cuando presentaron balances dela sociedad falsos, y un largo etc.
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el único listo el Lopez Lara,-yo no soy ni muy listo ni muy tonto y soy del montón- jaja
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sere un pesado, pero al igual que el juez embarga los bienes de estos señores, igual podría haber hecho ya hace tiempo con los bienes de los señores Romero y Villaroel, por malversación de fondos, delito en documento mercantil, cuando presentaron balances dela sociedad falsos, y un largo etc.
Todo llegará: tranquilo. Hay que tener paciencia porque hay que hilar muy fino. Uno detrás de otro hacia atrás en el tiempo.
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@ORO EN GRANO:
@ORO EN GRANO:
Lo de Carmona fué posiblemente lo único que no era mentira de PV.
Hombre … INTELIGENCIA EN GRANO. Un abrazo.
Por cierto, ¿qué tal el emisario retenido en la frontera suiza? ¿Ha podido ya salir? ¿Y el código SWIFT? ¿Lo han enviado ya o sigue estropeado el fax? ¿Y el billón (español) de euros en el banco de Singapur? ¿Qué tal ha resistido la crisis?
Veo que sigues igual de imbecil que siempre. Y que sigues llamando tontos a los demas.
El emisario no ha venido todavia de Suiza porque está con tu …..., bueno te voy a contestar bien...
El codigo Swift no se envia, se envia el Swift, y por supuesto no se envia por fax. enterao.
Lo de Singapur, no sé de que me hablas.
Algún dia (cuando a mi me de la gana)te demostraré a ti y a los demas que llevo razón cuando digo que lo de Carmona no fué una pantomima orquestada por Pedro Villareal., que por supuesto hubo contactos entre ellos a traves de la abogada de Carmona, sobre todo para aclarar los 4 millones y pico de euros de las facturas que según Villarroel le debia el Club, pero que en ningún momento antes de la entrada en escena de Carmona se habian visto ni habian hablado los dos, ni a traves de Julio Romero ni nadie. Que el primer contacto fué con Dolores Escamilla en las oficinas del club, que el segundo fué una reunión con el consejo por la noche en la que no asistió porque no pudo Julio Romero.
¿Quieres que te cuente mas?. Pues no, no te voy a contar más....Como una buena apertura. La diferencia en esencia no la había. Ambos, Carmona y Lopez Lara eran demasiado parecidos. Un paso intermedio para el juego en mitad del tablero…
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@ORO EN GRANO:
@ORO EN GRANO:
Lo de Carmona fué posiblemente lo único que no era mentira de PV.
Hombre … INTELIGENCIA EN GRANO. Un abrazo.
Por cierto, ¿qué tal el emisario retenido en la frontera suiza? ¿Ha podido ya salir? ¿Y el código SWIFT? ¿Lo han enviado ya o sigue estropeado el fax? ¿Y el billón (español) de euros en el banco de Singapur? ¿Qué tal ha resistido la crisis?
Veo que sigues igual de imbecil que siempre. Y que sigues llamando tontos a los demas.
El emisario no ha venido todavia de Suiza porque está con tu …..., bueno te voy a contestar bien...
El codigo Swift no se envia, se envia el Swift, y por supuesto no se envia por fax. enterao.
Lo de Singapur, no sé de que me hablas.
Algún dia (cuando a mi me de la gana)te demostraré a ti y a los demas que llevo razón cuando digo que lo de Carmona no fué una pantomima orquestada por Pedro Villareal., que por supuesto hubo contactos entre ellos a traves de la abogada de Carmona, sobre todo para aclarar los 4 millones y pico de euros de las facturas que según Villarroel le debia el Club, pero que en ningún momento antes de la entrada en escena de Carmona se habian visto ni habian hablado los dos, ni a traves de Julio Romero ni nadie. Que el primer contacto fué con Dolores Escamilla en las oficinas del club, que el segundo fué una reunión con el consejo por la noche en la que no asistió porque no pudo Julio Romero.
¿Quieres que te cuente mas?. Pues no, no te voy a contar más....Mira, cretino, después del ridículo que hizo Carmona durante todo el verano pasado, lo mínimo que podrías hacer es callarte la boquita ¿entiendes? A mí personalmente, ME LA SUDAN las explicaciones que tú quieras dar en este foro porque de ti no me creo una mierda ¿te queda claro?
Fue muy evidente desde un principio que Carmona era un bluff, con sus patéticas explicaciones sobre el CÓDIGO SWIFT, el agente SECUESTRADO en la frontera suiza y otras gilipolleces que hacían que las personas con dos dedos de frente se DESCOJONARAN VIVAS.
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Para Undesueca:
Vayamos por partes:
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El CSD y la LFP no tienen nada que ver. Son organismos distintos. Así que no entiendo muy bien a qué viene citar el artículo 41.4 de la Ley REFERIDO A LAS LIGAS PROFESIONALES
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La DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA de la ley alude a las competencias que la Ley del deporte otorga al CSD en materia de supervisión económica de los clubes, PERO NO ENUMERA TALES COMPETENCIAS. Así que no se qué pretendes citando esa disposición. ¿Cuáles son las competencias?
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Las competencias aluden ESTRICTAMENTE AL REGISTRO DE LA INFORMACIÓN CONTABLE. Tenían que haber mantenido actualizado el registro y no lo hicieron. Muy bien ¿y qué? ¿En que habría contribuido eso a evitar la situación actual del club? EN NADA. De hecho, ¿qué potestad otorga la ley al CSD para intervenir en caso de observar un endeudamiento excesivo, o probabilidad elevada de insolvencia? NINGUNA. Son sociedades anónimas, querido, te guste o no TIENEN DERECHO A QUEBRAR.
Citar articulitos no basta. La ley, además de leerla, hay que entenderla.
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Página 758 informe Ley Concursal Real Sociedad de San Sebastián S.A.D.
"No existe constancia del cumplimiento del articulo 1412/2001 durante el ejercicio anterior a la solicitud del concurso, para lo cual se solicita a la parte concursada su ejecución".
No se puede desviar un discurso a lo que a uno le interesa. Hay que sujetarse a su textualidad. Y si puede ser con educación y el respeto, mejor que mejor porque los argumentos ganan peso y capacidad de convicción.
Y tú quieres que yo me crea que hay un jurista que TEXTUALMENTE señala que no hay constancia del cumplimiento del artículo 1412/2001.
EspDeHra …. es que no puedo seguir ..... EL DESCOJONO NO ME PERMITTTTTJHJDE SEGUIR TECLEANDO.
LO DICHO en cada tres palabras dices CUATRO mentiras.
Por dios, esto es insuperable. Pobre hombre.
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MI ÚLTIMO MENSAJE (DE INTERÉS GENERAL) PARA MAGDALENO:
Díme Magdaleno, además de disparar a todo lo que mueve en el foro, de prolongar debates estériles, de generar post casi ilegibles de extensión desproporcinoada, de imponer tu pensamiento único, además de eso…
¿Has hecho algo útil, bueno, proactivo, positivo, generoso, ejemplar, incluso altruista o ingenuo, por nuestro Levante agonizante, al que dices querer?
¿O lo tuyo es simplemente aprovechar la tribuna para erigirte en oráculo, demostrar la ignorancia de los demás?
¿O tu eres sólo granota de boquilla, parapetado en el ordenador?
Este es mi último debate contigo. Prefiero argumentar sobre el salario de Geijo.
¿Cómo convertir un herbicida en un fertilizante?Mira, campeón, yo no tengo porqué explicarte a ti, en este foro, lo que yo y mi familia hemos hecho por este club a lo largo de toda su vida. Y digo bien de TODA su vida.
No te permito que pongas en duda mi levantinismo, simplemente porque NO TE DOY LA RAZÓN. Estas técnicas de manipulación de la información recuerdan a épocas ya pasadas.
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Lo que no te gusta leer u oír son para ti mentiras.
Sigue así. No siempre se tiene razón, y aunque seas una pared tendrás que escucharlo. Podrías tener credibilidad si no insultaras (no hace falta soltar tacos para hacerlo) ni chillaras ni despreciaras.