#TebasVeteYA (para futbol en general)
-
http://www.golaverage.com/index.php/id/ ... l-Sporting Recordemos que si Tebas padre tiene influencia en uno de los clubes profesionales, en virtud a cierto articulo de los estatutos LFP, DEBE IRSE POR INCOMPATIBILIDAD.
Tebas justifica el trato de favor a los grandes porque "mantiene el talento mundial" en la Liga https://www.vigoe.es/deportes/celta/ite ... =hootsuite
y para eso hay que tener trato de favor, no quejarte ante un posible delito todo para " retener" talento. Menudo amaño.
Es decir, presume que persigue los amaños para que haya competencia pero hay que proteger a la UD Madridbarça por el bien de la humanidad, toma ya.
-
[https://twitter.com/RompedorLUD/status/729747562035597312/tweet]
¿ahora también vas a estropear el futbol femenino?
Encima te mete con quien va alinear o no los clubes, toma ya.
¿recordáis cuando dijo que no le gustaba el modelo Lim? ¿a que viene este mamoneo con los ?¿silencio?
-
[https://twitter.com/RompedorLUD/status/729747562035597312/tweet]
¿ahora también vas a estropear el futbol femenino?
Encima te mete con quien va alinear o no los clubes, toma ya.
¿recordáis cuando dijo que no le gustaba el modelo Lim? ¿a que viene este mamoneo con los ?¿silencio?
La actitud del Sevilla no es defendible porque adultera la competición. No se puede ir contra Tebas si dice que 2+2=4
-
-
La actitud del Sevilla no es defendible porque adultera la competición. No se puede ir contra Tebas si dice que 2+2=4
Cierto lo que dices pero últimamente con la prensa que ha sacado el ventilador lo que se ha conseguido es dividir mas las aficiones para que Tebas gane.
-
Espero verlo
http://granadacf.ideal.es/noticias/2016 ... 65141.html
Les investigan por supuesta evasión fiscal entre Italia y España, con comisiones de jugadores y derechos de imagen
Y de esto Tebas calla.
-
El líder de cierto sistema va imponer los partidos los sábados a la una.
Sigue así, presidencia inútil.
-
-
Rompedor me abrumas
-
@rana baileys:
Rompedor me abrumas
Perdonarme pero hoy en la COPE ha dicho una serie de barbaridades que en Twitter le he contestado, sobre todo lo del R Murcia o que el Racing-Hércules es amaño porque lo dice él y nos debemos callar, además de los horarios o meterse en el formato de Copa.
No te preocupes que si me conocieras en persona no hablaría de ese personaje
-
@rana baileys:
Rompedor me abrumas
Perdonarme pero hoy en la COPE ha dicho una serie de barbaridades que en Twitter le he contestado, sobre todo lo del R Murcia o que el Racing-Hércules es amaño porque lo dice él y nos debemos callar, además de los horarios o meterse en el formato de Copa.
No te preocupes que si me conocieras en persona no hablaría de ese personaje
Qué ha dicho del Murcia?
-
-
Esto lo hace el amigo de Tebas.https://twitter.com/statuses/742691894187196417
Tanto que habla de amaños, y esto NO DICE NADA ¿Será porque posiblemente hayan sido beneficiados los de la UD Madridbarça?FUERA TIRANÍAS, ECHEMOS A TEBAS DE LA LIGA
-
Acordaros del presidente tebasiano que tiene el UCAM
Otros dos amigos del personaje
Un hecho lamentable de ese que acusó a Ballesteros de leyenda negra.
Que presidencia mas inútil tiene la LFP
-
-
http://www.navarradeportiva.com/2016/06 ... a-osasuna/
Preguntado por si con los dos grandes, Barça y Madrid, también los ha habido, Tebas no quería entrar en detalles al estar ya prescrito, pero afirmaba: “Vosotros sabéis los rumores que hubo, ¿no?”, afirmó.
Es decir, que la UD Madridbarça goza de gula tebasiana.
Yo a este personaje espero QUE NO ENTRE EN NINGUNA INSTALACION GRANOTA, los que somos accionistas tenemos mas derecho a no dejarle entrar ya que somos propietarios, parciales pero lo somos, de nuestro Levante UD.
Quico, no le dejes entrar.
-
Claro, como tenemos derecho a que nos consulten sobre la venta del club.
-
Claro, como tenemos derecho a que nos consulten sobre la venta del club.
No te preocupes, si entra el personaje no lo hará en un momento que esté la afición delante
Desde luego no me gustaría que entrase.
Bueno volviendo al hilo:
Ahora se lo carga tras destaparse todo los de los pagos que exigió.
Pobre Cádiz CF, tener a su presidente y a Tebas que le dirige hasta que clubes deben ir a su torneo.
FUERA TIRANÍAS, ECHEMOS A TEBAS DE LIGA
-
Esta semana hemos visto como la prensa pedía la cabeza del seleccionador pero nunca he visto portadas para cargarse al personajillo tras todas las barbaridades cometidas.
De esto no os preocupéis que vendrá y defenderá a su club, el culemadridista.
Este año pasamos de competir contra la UD Madridbarça para ganar la liga a jugar el ascenso contra el UD UCAMHuesca. Si tenemos polémicas con estos dos clubes en segunda luego no me tachéis de obsesionado hacia el personajillo.
-
El Sr Mendoza acusa a los que criticamos el nombramiento de ser catetos y parásitos.
Vamos a ver, ¿Usted sabe los estudios que tenemos para decir que "no sabemos nada"? ¿Usted está conforme que los abonados y accionistas de los clubes que estamos hasta al gorro de su catedrático aportemos mas que otros en los clubes y que otros manden mas, mientras tragamos horarios lamentables que dicta su catedrático?.
Recuerde Sr Mendoza, «El que siembra vientos, cosecha tempestades» y eso es lo que ha hecho su catedrático y lo que está haciendo usted.
-
Finalmente el personaje rechaza el ofrecimiento pero no olvidemos que lo hace para evitar presunta incompatibilidad.
Pero ojo, no nos fiemos, mirad esto:
Por otra parte su amigo, ese que va de correcto y le contó que Juanlu le envió un whatssap a Aranda de un presunto amaño en el partido del Depor dichoso y DEL CUAL el personaje dice que TIENE MAS PRUEBAS PERO NO LAS MUESTRAS, nos vemos con una noticia muy muy grave:
La UDEF investiga a Quique Pina por evasión fiscal y blanqueo de capitales en una trama de 200 millones
http://okdiario.com/deportes/2016/07/05 ... nes-249298¿Puede ser fiable un presidente de la LFP que tiene estas amistades y que encima va estar en otro club http://www.lavozdigital.es/deportes/cad ... icode.html ?
Además sr Personaje ¿dices que vas a apoyar a los clubes frente a Bruselas http://valencia.eldesmarque.com/valenci ... s-multados ?
Es igual que esto:Vete ya de nuestras vidas, tu presidencia no vale nada.
-
Al gran jugador Messi y su padre, los han condenado a prisión por un fraude fiscal CLARÍSIMO pero no ingresarán porque la duración de estas penas no hace que se consuma ese ingreso. Cabe recordar lo que dijo Tebas sobre este caso http://www.superdeporte.es/futbol/2015/ ... 71852.html en el cual lo daba por inocente. Pero este tema de Messi da mucho mas de si en lo que afecta la competición ¿Si no fuera por toda esta ingeniería fiscal, no vendrían determinados jugadores a los grandes equipos de la liga? Si esto es así ¿esto no es alterar la competición en el cual unos equipos además de tener mas dinero tienen ventaja sobre los pequeños? Los amaños son asuntos que afecta la competición pero que posiblemente el sistema esté viciado por ciertas practicas para mi también supone un amaño y además una muy mala imagen de una competición que además de hacer valer el esfuerzo también deberían partir todo club de unas mismas reglas, cosa que al parecer no se aplica.
De todas formas, no irá a prisión y encima se le apoyará mediáticamente pero no deja de ser Messi un evasor fiscal y gente como Tebas encima lo apoya. Eso si, ahora toca que la AEAT o quien corresponda, investigue si lo que apareció en los llamados Papeles de Panamá también constituye otro delito de fraude fiscal y entonces ya puede jugar en el patio de la prisión por tener a partir de ahora antecedentes por mucho que recurran la sentencia.
-
-
http://www.lavanguardia.com/deportes/fu ... ium=social
Según Tebas:
-“Messi no es un delincuente”
-“Claro que temo que se replantee su futuro. Tenemos la suerte de tener a Leo Messi con nosotros. Y a Cristiano Ronaldo. Decir lo contrario, sería mentir. Estamos encantados”- " Messi ha abonado a las arcas de España 160 millones de euros por Hacienda. Con ese dinero se han construido hospitales y carreteras”
Señor Tebas:
- Mira el 305 y 305 bis del Código Penal:
Artículo 305
1. El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo.
La mera presentación de declaraciones o autoliquidaciones no excluye la defraudación, cuando ésta se acredite por otros hechos.
Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años.
2. A los efectos de determinar la cuantía mencionada en el apartado anterior:
a) Si se trata de tributos, retenciones, ingresos a cuenta o devoluciones, periódicos o de declaración periódica, se estará a lo defraudado en cada período impositivo o de declaración, y si éstos son inferiores a doce meses, el importe de lo defraudado se referirá al año natural. No obstante lo anterior, en los casos en los que la defraudación se lleve a cabo en el seno de una organización o grupo criminal, o por personas o entidades que actúen bajo la apariencia de una actividad económica real sin desarrollarla de forma efectiva, el delito será perseguible desde el mismo momento en que se alcance la cantidad fijada en el apartado 1.
b) En los demás supuestos, la cuantía se entenderá referida a cada uno de los distintos conceptos por los que un hecho imponible sea susceptible de liquidación.
3. Las mismas penas se impondrán cuando las conductas descritas en el apartado 1 de este artículo se cometan contra la Hacienda de la Unión Europea, siempre que la cuantía defraudada excediera de cincuenta mil euros en el plazo de un año natural. No obstante lo anterior, en los casos en los que la defraudación se lleve a cabo en el seno de una organización o grupo criminal, o por personas o entidades que actúen bajo la apariencia de una actividad económica real sin desarrollarla de forma efectiva, el delito será perseguible desde el mismo momento en que se alcance la cantidad fijada en este apartado.
Si la cuantía defraudada no superase los cincuenta mil euros, pero excediere de cuatro mil, se impondrá una pena de prisión de tres meses a un año o multa del tanto al triplo de la citada cuantía y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de seis meses a dos años.
4. Se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias.
Asimismo, los efectos de la regularización prevista en el párrafo anterior resultarán aplicables cuando se satisfagan deudas tributarias una vez prescrito el derecho de la Administración a su determinación en vía administrativa.
La regularización por el obligado tributario de su situación tributaria impedirá que se le persiga por las posibles irregularidades contables u otras falsedades instrumentales que, exclusivamente en relación a la deuda tributaria objeto de regularización, el mismo pudiera haber cometido con carácter previo a la regularización de su situación tributaria. 5. Cuando la Administración Tributaria apreciare indicios de haberse cometido un delito contra la Hacienda Pública, podrá liquidar de forma separada, por una parte los conceptos y cuantías que no se encuentren vinculados con el posible delito contra la Hacienda Pública, y por otra, los que se encuentren vinculados con el posible delito contra la Hacienda Pública.
La liquidación indicada en primer lugar en el párrafo anterior seguirá la tramitación ordinaria y se sujetará al régimen de recursos propios de toda liquidación tributaria. Y la liquidación que en su caso derive de aquellos conceptos y cuantías que se encuentren vinculados con el posible delito contra la Hacienda Pública seguirá la tramitación que al efecto establezca la normativa tributaria, sin perjuicio de que finalmente se ajuste a lo que se decida en el proceso penal.
La existencia del procedimiento penal por delito contra la Hacienda Pública no paralizará la acción de cobro de la deuda tributaria. Por parte de la Administración Tributaria podrán iniciarse las actuaciones dirigidas al cobro, salvo que el Juez, de oficio o a instancia de parte, hubiere acordado la suspensión de las actuaciones de ejecución, previa prestación de garantía. Si no se pudiese prestar garantía en todo o en parte, excepcionalmente el Juez podrá acordar la suspensión con dispensa total o parcial de garantías si apreciare que la ejecución pudiese ocasionar daños irreparables o de muy difícil reparación.
6. Los Jueces y Tribunales podrán imponer al obligado tributario o al autor del delito la pena inferior en uno o dos grados, siempre que, antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado satisfaga la deuda tributaria y reconozca judicialmente los hechos. Lo anterior será igualmente aplicable respecto de otros partícipes en el delito distintos del obligado tributario o del autor del delito, cuando colaboren activamente para la obtención de pruebas decisivas para la identificación o captura de otros responsables, para el completo esclarecimiento de los hechos delictivos o para la averiguación del patrimonio del obligado tributario o de otros responsables del delito.
7. En los procedimientos por el delito contemplado en este artículo, para la ejecución de la pena de multa y la responsabilidad civil, que comprenderá el importe de la deuda tributaria que la Administración Tributaria no haya liquidado por prescripción u otra causa legal en los términos previstos en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, incluidos sus intereses de demora, los Jueces y Tribunales recabarán el auxilio de los servicios de la Administración Tributaria que las exigirá por el procedimiento administrativo de apremio en los términos establecidos en la citada Ley.Artículo 305 bis
1. El delito contra la Hacienda Pública será castigado con la pena de prisión de dos a seis años y multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada cuando la defraudación se cometiere concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que la cuantía de la cuota defraudada exceda de seiscientos mil euros.
b) Que la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminal.
c) Que la utilización de personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales o territorios de nula tributación oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario o del responsable del delito, la determinación de la cuantía defraudada o del patrimonio del obligado tributario o del responsable del delito.
2. A los supuestos descritos en el presente artículo les serán de aplicación todas las restantes previsiones contenidas en el artículo 305.
En estos casos, además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de cuatro a ocho años.- Si Messi ha abonado tal dinero lo ha hecho para que le reduzcan la condena y aunque devuelva el dinero, no evita la condena, según el 305.4 del Código Penal.
- Me da igual que haya pagado una burrada, lo debió pagarlo antes y lo que hace usted es demagogia.
- Me da igual que juegue o no en España, si deja tirado su club por sus problemas con Hacienda, entonces está incumpliendo el manual de bienvenida de la LFP.
Por cierto, ayer salió la noticia que el que ha denunciado el Granada-Las Palmas ha sido agredido ¿lo ve normal? ¿no condena tal acto?
Váyase ya.
-
Nuevos chanchullos de Javier Tebas, el presidente de la Liga de Fútbol profesional: coloca “a dedo” al frente del departamento económico de la LFP a José Guerra, la persona que liquidó el Real Zaragoza junto al constructor Agapito Iglesias dejando una deuda de 113 millones
http://extraconfidencial.com/noticias/n ... e-liquido/
Tanto criticar a Villar y son la misma …...El miedo de Tebas a Florentino
http://www.bernabeudigital.com/futbol/e ... ino-104946Luego dicen que amañamos partidos y que exista "esas presiones" dan entrever que la verdad es que la competición solo está para dos clubes.
-
Ya solo faltaba que la LFP se crease un himno y decidiera igual que ocurre con la competición europea, hacer suprimir los himnos de los clubes cuando entran los jugadores al terreno de juego al principio de los partidos.
Ahora resulta que te dice este personaje a donde te tienes que sentar igual que cuando tienes que ver a tu club. ¿Qué hacen los presidentes? Callar y hacer tragar mierda a sus aficiones. Ellos se tienen que arrodillar antes a nosotros y nosotros que gente como Tebas, Villar y quienes los apoyan.
Mucha tontería de los fichajes pero no se muestran los contratos en publico ni las cantidades cobradas por los representantes. Mucha tontería de polémicas y chorradas para que solo ganen en la lucha psicológica de los equipos modestos los de siempre.
Mucho beso en el escudo y mucho postureo pero los presidentes no dan cuenta de lo que dicen y hacen ante Tebas y Villar cuando en principio representan a los abonados y accionistas.
Debemos exigir ya muchas cosas y dejar de consumir prensa deportiva basura. Es la hora nuestra, las aficiones debemos responder y exigir lo que es nuestro haciéndonos respetar.
FUERA TIRANIAS, ECHEMOS A TEBAS DE LIGA.
-
http://www.enpelotas.com/l/2016/08/08/l ... n_284.html
Recomendable articulo de Fonsi Loaiza sobre la falta de transparencia de los fichajes, los cuales debería ser mostrado en publico como ha hecho FootballLeaks así como las comisiones de los representantes.
El señor personaje habla mucho de amaños pero esto también condiciona la competición igual que jugadores que acuden a sociedades en paraísos fiscales para tributar menos. Si los amaños (bueno los que acusa el personaje, porque los que parecen ser de verdad no) son un problema, esto también e incluso mas gordo porque son permanentes al contario que los amaños son puntuales problemas.
Váyanse el personaje, Villar, y los presidentes de los clubes. Ya está bien de tragar mierda mientras a las aficiones no se sienten respetadas.
-
Según Tebas, los amaños son el principal problema del futbol, ja ja ja ja
http://elpaissemanal.elpais.com/documen ... rsoc=TW_CC
Tebas, tu presidencia es ...... INUTIL.
-
Mirad lo que he encontrado
http://lavozpopular.com/cristiano-ronal ... es-panama/
Cristiano Ronaldo en los Papeles de Panamá¿Qué hará Tebas? decir que no es un delincuente como Messi y que hacen falta en esta fabulosa liga en el cual solo mandan la UD Madridbarça.
Presidentes de los clubes, si se mantiene todo este circo del personaje es por vuestra culpa
#ApartarMessi
#ApartarCR7
#TebasVeteYa
-