Consejero Independiente de la Afición
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Ayer en la Twtulia de Granotil y compañía, intervino Gabi Salina para tratar la ultima Junta General de Accionistas y en el cual se aludió a la elección del Consejero Independiente de la Afición, el cual es una figura del consejo de administración que lo reconoce la nueva Ley del Deporte y que se debería trabajar en esa figura.
El mismo Gabi me ha pasado por Twitter, el enlace del BOE de la mencionada Ley y pantallazos que os comparto:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/12/31/pdfs/BOE-A-2022-24430.pdf
Creo que podría debatir este tema para establecer los criterios de selección e incluso creo que puede ser un hilo para fijarlo en el foro dada su importancia, lo cual lo dejo en criterio de los moderadores.
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Diria que Ayats va citar al nostre estimat i absent @Jorge que va intervindre en la JGA en el mateix sentit
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@nabil-el-zhar Hola, así es. Asistí a la junta e intervine en este punto.
El Consejero de la afición debe ser elegido por los abonados.
La Liga, tal y como me comentó Jorge Lucas, está elaborando un reglamento que desarrolle el artículo que ha puesto Rompedor.Ese reglamento se espera pronto y por eso los clubes de primera y segunda se están esperando.
No obstante, como dije, las cosas de palacio van despacio. Este Reglamento lo mismo sale en 1 año, 2 ó 3. Para quienes vivimos en el mundo jurídico no nos extraña que los desarrollos legislativos se alarguen en el tiempo. Recuerdo el dramático caso de la ley de enjuciamiento civil de 2000 que debía derogar parte de la ley de 1881, y hasta 2015 no se culminó; o la ley del registro civil de 2011 que su entrada en vigor se ha ido posponiendo y en consecuencia aún no tiene nuevo reglamento. ETC.
Razón por la que intervine y comenté que no hace falta esperar al desarrollo reglamentario para que esta figura la recoja el Levante o cualquier club.
Como algunos de vosotros sabéis, desde el año pasado, de ahí mi ausencia por motivos de fuerza mayor, soy Registrador de la Propiedad, Mercantil y de los Bienes Muebles. En el Registro Mercantil se inscriben las modificaciones de estatutos (entre ellas la ampliaciones de capital).
Pues bien, una modificación de estatutos del Levante, que podría coincidir si quieren con la de la ampliación, daría pie a la posibilidad de que el Levante fuese pionero en España y recogiese la figura del consejero independiente de la afición.
Esos estatutos se inscribirían en el Registro Mercantil, estarían bajo la salvaguardia de los tribunales y producirían todos sus efectos. El nuevo Reglamento, cuando salga, pues obligará en su caso a adaptar los estatutos pero el nombramiento del consejero sería válido durante el plazo legal de 5 años desde su nombramiento.
La Ley, como reconoció Jorge Lucas, y en esto estoy de acuerdo, es un brindis al sol. Ese artículo sin más no sirve de mucho más que para populismo. Ese artículo necesita un desarrollo que puede ser reglamentario pero TAMBIÉN estatutario y como dijo Gabi Salinas, el Elda, ya lo ha recogido. ¿Por qué no dar el paso ahora el Levante? Con los costes de una Junta, aprovechando la supuesta ampliación, podrían hacer un 2 x 1.
Saludos a todos en la sombra!
Aunque no intervenga mucho en los debates del foro.
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@jorge què bé parla el nostre xicot
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@jorge Y si te presentamos?? Que propones?? jaja
Con que me digas.... obtener un beneficio de explotación sin necesidad de venta de jugadores te voto.