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    Carlos Álvarez

    Levante UD
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    • Nabil El Zhar Moderador Última edición por @pacollu

      @pacollu dijo en Carlos Álvarez:

      Screenshot_20250526_205702_X.jpg

      Li ho hem cantat en l'Ajuntament
      Carlitos es Maradona, Carlitos es Maradona, es Maradoooooona carlitos es Maradona

      Un ochi râde, altul plânge
      Σιγά σιγά

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      • gimnastico_1909 Última edición por @Nabil El Zhar

        @nabil-el-zhar entre el Messi d'Hacendado i el maradona de Sanlúcar, els granotes tenim als millors jugadors marca blanca del mon 😁 😁

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        • juca Última edición por @gimnastico_1909

          Screenshot_2025_0607_183304.jpg

          Solo por la manera de escribir el titular el club debería tomar medidas contra este panfleto y denunciar por calumnias

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          • jjllevant Cafeteros Última edición por @juca

            @juca dijo en Carlos Álvarez:

            Screenshot_2025_0607_183304.jpg

            Solo por la manera de escribir el titular el club debería tomar medidas contra este panfleto y denunciar por calumnias

            ¿Pero aún hay alguien que se cree algo de lo que dice esta cosa, por llamarle algo?
            Cuando leo algo y veo que es de Gol Digital paso completamente de verlo, ya que se que es mentira todo lo que publica.

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              B
              3 Respuestas Última respuesta

            • Vgrana Última edición por @jjllevant

              La máquina del fango!! Pedro Sanchez... ponga orden usted a los pseudomedios!!

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              • B
                biku Última edición por @jjllevant

                @jjllevant dijo en Carlos Álvarez:

                @juca dijo en Carlos Álvarez:

                Screenshot_2025_0607_183304.jpg

                Solo por la manera de escribir el titular el club debería tomar medidas contra este panfleto y denunciar por calumnias

                ¿Pero aún hay alguien que se cree algo de lo que dice esta cosa, por llamarle algo?
                Cuando leo algo y veo que es de Gol Digital paso completamente de verlo, ya que se que es mentira todo lo que publica.

                Además, el Celta no puede pagar 25 millones. En la liga española solo podrían pagar Villarreal si vende, Atlético, Barcelona, Madrid y quizás R. Sociedad y Betis en ciertos casos (Ath. Bilbao también podría pero Carlitos tiene de vasco lo que yo de francés)

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                • juca Última edición por @jjllevant

                  @jjllevant dijo en Carlos Álvarez:

                  @juca dijo en Carlos Álvarez:

                  Screenshot_2025_0607_183304.jpg

                  Solo por la manera de escribir el titular el club debería tomar medidas contra este panfleto y denunciar por calumnias

                  ¿Pero aún hay alguien que se cree algo de lo que dice esta cosa, por llamarle algo?
                  Cuando leo algo y veo que es de Gol Digital paso completamente de verlo, ya que se que es mentira todo lo que publica.

                  No es cuestión de creer. Es cuestión que eres un medio informativo y que estás faltando a la verdad. Esto es lo que hay legalmente al respecto según bases de inteligencia artificial consultadas:

                  En España, si un periódico o medio informativo falta a la verdad, miente y calumnia, puede enfrentar graves consecuencias legales, tanto en el ámbito penal como en el civil. Esto se debe a la protección del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, recogidos en el artículo 18 de la Constitución Española.
                  Aquí te detallo qué ocurre legalmente:

                  1. Delitos contra el honor (Vía Penal)
                    El Código Penal español tipifica los delitos de calumnia e injuria, que son las principales figuras penales aplicables en estos casos:
                  • Calumnia (Artículo 205 CP): Se define como la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad. Es decir, se acusa a alguien de haber cometido un delito a sabiendas de que es mentira o sin haber hecho el mínimo esfuerzo por verificar la información.
                    • Penas: Las calumnias pueden ser castigadas con multas de 6 a 24 meses. Si se difunden a través de medios públicos (como la prensa o internet), las penas pueden agravarse, llegando incluso a prisión de 6 meses a 2 años.
                    • Exención de pena: El acusado por calumnia quedará exento de toda pena si prueba el hecho criminal que hubiere imputado (la "exceptio veritatis").
                  • Injurias (Artículo 208 CP): Se consideran injurias las expresiones o acciones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscaban su fama o atentan contra su propia estimación. Deben ser tenidas por graves en el concepto público.
                    • Penas: Si las injurias son graves y se hacen con publicidad (por ejemplo, en un periódico), pueden conllevar multas de 6 a 14 meses. Si no se hacen con publicidad, la pena es menor (multa de 3 a 7 meses).
                    • Importante: A diferencia de la calumnia, en el delito de injurias, probar la verdad de lo manifestado generalmente no excluye la responsabilidad, salvo excepciones muy específicas (por ejemplo, si se trata de injurias a funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos).
                      Características comunes a ambos delitos en el ámbito periodístico:
                  • Publicidad: La difusión de calumnias o injurias a través de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante (incluidos los medios digitales) se considera "con publicidad" y agrava las penas.
                  • Querella: Generalmente, para que se proceda penalmente por calumnia o injuria, es necesario que la persona ofendida presente una querella criminal. Solo en casos específicos, como cuando la ofensa se dirige contra un funcionario público sobre hechos relacionados con el ejercicio de sus cargos, se puede proceder de oficio.
                  • Acto de conciliación: Antes de interponer la querella por calumnia o injuria, es necesario intentar un acto de conciliación entre las partes.
                  1. Responsabilidad civil
                    Además de las consecuencias penales, la persona o entidad afectada por las falsedades, mentiras o calumnias de un periódico puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Esto se hace a través de la vía civil, y se basa en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
                  • Daño moral: La indemnización busca reparar el daño moral causado por la afectación a la reputación, el prestigio o la estima personal.
                  • Publicación de rectificación/disculpa: Además de la indemnización económica, se puede solicitar la publicación de una rectificación o disculpa en el mismo medio de comunicación.
                  1. Derecho de rectificación
                    La Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, permite a cualquier persona física o jurídica que se considere aludida por una información publicada en un medio de comunicación que pueda causarle perjuicio, el derecho a rectificarla, siempre que los hechos a los que se refiera la información sean inexactos y la rectificación sea para aclarar los hechos.
                  • Plazo: Existe un plazo legal para solicitar la rectificación y para que el medio la publique. Si el medio no lo hace, se puede acudir a los tribunales.
                    Consideraciones importantes:
                  • Libertad de expresión vs. Derecho al honor: La legislación española busca un equilibrio entre la libertad de expresión (fundamental para el periodismo) y el derecho al honor. La crítica y la opinión están amparadas, pero se cruza el límite cuando se publican acusaciones infundadas, insultos personales o informaciones falsas con intención de dañar la reputación.
                  • Recopilación de pruebas: Es fundamental que la persona afectada recopile todas las pruebas posibles (artículos, grabaciones, testigos, etc.) para sustentar su reclamación.
                  • Asesoramiento legal: Ante una situación de este tipo, es crucial buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal y derecho al honor para evaluar la estrategia procesal más adecuada.
                    En resumen, un periódico que miente y calumnia puede enfrentar multas elevadas, penas de prisión en los casos más graves y la obligación de indemnizar a la persona afectada por los daños morales y, además, tener que publicar una rectificación.
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                  • juca Última edición por @juca

                    @juca dijo en Carlos Álvarez:

                    @jjllevant dijo en Carlos Álvarez:

                    @juca dijo en Carlos Álvarez:

                    Screenshot_2025_0607_183304.jpg

                    Solo por la manera de escribir el titular el club debería tomar medidas contra este panfleto y denunciar por calumnias

                    ¿Pero aún hay alguien que se cree algo de lo que dice esta cosa, por llamarle algo?
                    Cuando leo algo y veo que es de Gol Digital paso completamente de verlo, ya que se que es mentira todo lo que publica.

                    No es cuestión de creer. Es cuestión que eres un medio informativo y que estás faltando a la verdad. Esto es lo que hay legalmente al respecto según bases de inteligencia artificial consultadas:

                    En España, si un periódico o medio informativo falta a la verdad, miente y calumnia, puede enfrentar graves consecuencias legales, tanto en el ámbito penal como en el civil. Esto se debe a la protección del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, recogidos en el artículo 18 de la Constitución Española.
                    Aquí te detallo qué ocurre legalmente:

                    1. Delitos contra el honor (Vía Penal)
                      El Código Penal español tipifica los delitos de calumnia e injuria, que son las principales figuras penales aplicables en estos casos:
                    • Calumnia (Artículo 205 CP): Se define como la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad. Es decir, se acusa a alguien de haber cometido un delito a sabiendas de que es mentira o sin haber hecho el mínimo esfuerzo por verificar la información.
                      • Penas: Las calumnias pueden ser castigadas con multas de 6 a 24 meses. Si se difunden a través de medios públicos (como la prensa o internet), las penas pueden agravarse, llegando incluso a prisión de 6 meses a 2 años.
                      • Exención de pena: El acusado por calumnia quedará exento de toda pena si prueba el hecho criminal que hubiere imputado (la "exceptio veritatis").
                    • Injurias (Artículo 208 CP): Se consideran injurias las expresiones o acciones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscaban su fama o atentan contra su propia estimación. Deben ser tenidas por graves en el concepto público.
                      • Penas: Si las injurias son graves y se hacen con publicidad (por ejemplo, en un periódico), pueden conllevar multas de 6 a 14 meses. Si no se hacen con publicidad, la pena es menor (multa de 3 a 7 meses).
                      • Importante: A diferencia de la calumnia, en el delito de injurias, probar la verdad de lo manifestado generalmente no excluye la responsabilidad, salvo excepciones muy específicas (por ejemplo, si se trata de injurias a funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos).
                        Características comunes a ambos delitos en el ámbito periodístico:
                    • Publicidad: La difusión de calumnias o injurias a través de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante (incluidos los medios digitales) se considera "con publicidad" y agrava las penas.
                    • Querella: Generalmente, para que se proceda penalmente por calumnia o injuria, es necesario que la persona ofendida presente una querella criminal. Solo en casos específicos, como cuando la ofensa se dirige contra un funcionario público sobre hechos relacionados con el ejercicio de sus cargos, se puede proceder de oficio.
                    • Acto de conciliación: Antes de interponer la querella por calumnia o injuria, es necesario intentar un acto de conciliación entre las partes.
                    1. Responsabilidad civil
                      Además de las consecuencias penales, la persona o entidad afectada por las falsedades, mentiras o calumnias de un periódico puede reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Esto se hace a través de la vía civil, y se basa en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
                    • Daño moral: La indemnización busca reparar el daño moral causado por la afectación a la reputación, el prestigio o la estima personal.
                    • Publicación de rectificación/disculpa: Además de la indemnización económica, se puede solicitar la publicación de una rectificación o disculpa en el mismo medio de comunicación.
                    1. Derecho de rectificación
                      La Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, permite a cualquier persona física o jurídica que se considere aludida por una información publicada en un medio de comunicación que pueda causarle perjuicio, el derecho a rectificarla, siempre que los hechos a los que se refiera la información sean inexactos y la rectificación sea para aclarar los hechos.
                    • Plazo: Existe un plazo legal para solicitar la rectificación y para que el medio la publique. Si el medio no lo hace, se puede acudir a los tribunales.
                      Consideraciones importantes:
                    • Libertad de expresión vs. Derecho al honor: La legislación española busca un equilibrio entre la libertad de expresión (fundamental para el periodismo) y el derecho al honor. La crítica y la opinión están amparadas, pero se cruza el límite cuando se publican acusaciones infundadas, insultos personales o informaciones falsas con intención de dañar la reputación.
                    • Recopilación de pruebas: Es fundamental que la persona afectada recopile todas las pruebas posibles (artículos, grabaciones, testigos, etc.) para sustentar su reclamación.
                    • Asesoramiento legal: Ante una situación de este tipo, es crucial buscar el asesoramiento de un abogado especializado en derecho penal y derecho al honor para evaluar la estrategia procesal más adecuada.
                      En resumen, un periódico que miente y calumnia puede enfrentar multas elevadas, penas de prisión en los casos más graves y la obligación de indemnizar a la persona afectada por los daños morales y, además, tener que publicar una rectificación.

                    Es evidente que el sólo el titular es denunciable. Quizá el problema de estos panfletos es que la gente prefiere como dices "ignorar" que denunciar. Si lo hicieramos o lo hicieran otro gallo cantaría. El daño moral que pueden hacer a un jugador o un club es irreparable. Por ello a esta gente hay que denunciarla

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                    • G
                      granota62 Última edición por

                      Pues agárrate a Superxoto,que cada 5 minutos han preguntado los xotos, o se han interesado por 200 jugadores de aquí, de Europa,de Asia ,Oceanía y han descartado a Lamine y M'Bappé,por mascar chicle!😂

                      Responder Citar 0
                        1 Respuesta Última respuesta

                      • juca Última edición por @granota62

                        @granota62 dijo en Carlos Álvarez:

                        Pues agárrate a Superxoto,que cada 5 minutos han preguntado los xotos, o se han interesado por 200 jugadores de aquí, de Europa,de Asia ,Oceanía y han descartado a Lamine y M'Bappé,por mascar chicle!😂

                        "Suena Mbappé para el Valencia" "Interés del Valencia por Mbappé" no son calumnias porque por sonar o que haya interés, aunque sea chiste lo puedes decir. Pero "Carlos al Celta" o "hay acuerdo sorpresa" afirman . Creo que hay una gran diferencia.

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                        • jjllevant Cafeteros Última edición por

                          Estoy viendo el partido Eslovaquia-España sub-21 y uno no llega a entender como en la selección española no juega Carlitos Alvarez, muy superior a todos y cada uno de los centrocampistas que hay en el campo.
                          Enhorabuena a Santi Denia por el ojo clínico que tiene.

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                          • alekgrana Última edición por @jjllevant

                            @jjllevant La selección española no representa a España, representa a la Federación, que es un ente totalmente independiente del estado

                            No van lo mejores, van los que interesan que vayan, los amiguetes y poco más, no es creíble que el mejor delantero que haya en España sea Morata, por poner un ejemplo

                            Francia no nos reventó porque le faltó tiempo, una defensa débil en maque está Le Norman y el otro impronunciable, porque interesan, punto

                            Quico Catalán delenda est

                            Responder Citar 0
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                            • alekgrana Última edición por @jjllevant

                              @jjllevant dijo en Carlos Álvarez:

                              Enhorabuena a Santi Denia por el ojo clínico que tiene.

                              Un enchufao de la vida...

                              Quico Catalán delenda est

                              Responder Citar 0
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                              • gimnastico_1909 Última edición por @alekgrana

                                https://www.futbolfantasy.com/laliga/noticias/130954-pesimismo-con-la-lesion-de-carlos-alvarez-de-cara-a-la-jornada-1

                                Yo a la pubalgia le tengo más miedo que a una pedregà. Cuando es el recto, o incluso una rotura de ligamentos, sabes con escaso margen de error cuando van a volver, sea mucho o poco. Pero la pubalgia es algo tan etéreo, que lo mismo es un mes que medio año. No es en plan "te operas, tanto de recuperación y ya".

                                Vamos a notar la ausencia de Carlitos. Mucho. Obviamente el equipo ha jugado y ganado partidos sin él, pero es un jugador diferencial (lo de "jugador franquicia" de los anglosajones me parece un nombre horrendo). Es un tío capaz de hacer cosas diferentes, y nos da muchas opciones en ataque. Es una pérdida más que sensible.

                                El curso pasado tuvimos la suerte de que apenas hubiese lesionados, y ninguno de los titulares estuviera fuera mucho tiempo. Eso también contribuye al ascenso. Otras temporadas lesiones largas han perjudicado mucho al equipo y han afectado a sus opciones. Esperemos que esta no vuelva el mal fario.

                                Responder Citar 0
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                                • rubimor Última edición por @gimnastico_1909

                                  @gimnastico_1909 dijo en Carlos Álvarez:

                                  https://www.futbolfantasy.com/laliga/noticias/130954-pesimismo-con-la-lesion-de-carlos-alvarez-de-cara-a-la-jornada-1

                                  Yo a la pubalgia le tengo más miedo que a una pedregà. Cuando es el recto, o incluso una rotura de ligamentos, sabes con escaso margen de error cuando van a volver, sea mucho o poco. Pero la pubalgia es algo tan etéreo, que lo mismo es un mes que medio año. No es en plan "te operas, tanto de recuperación y ya".

                                  Vamos a notar la ausencia de Carlitos. Mucho. Obviamente el equipo ha jugado y ganado partidos sin él, pero es un jugador diferencial (lo de "jugador franquicia" de los anglosajones me parece un nombre horrendo). Es un tío capaz de hacer cosas diferentes, y nos da muchas opciones en ataque. Es una pérdida más que sensible.

                                  El curso pasado tuvimos la suerte de que apenas hubiese lesionados, y ninguno de los titulares estuviera fuera mucho tiempo. Eso también contribuye al ascenso. Otras temporadas lesiones largas han perjudicado mucho al equipo y han afectado a sus opciones. Esperemos que esta no vuelva el mal fario.

                                  Totalmente de acuerdo.

                                  Era el que menos se tenía que lesional. Es que ahora mismo, sin Kocho en la plantilla, Unai...pero otro central te puede hacer la papeleta...es el jugador que es imposible de sustituir....pautadon

                                  "A Bardhi ya lo nombró Musso en cortita y al pie, luego no era un desconocido que Tito se haya sacado de la manga."

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                                  • joscbf Última edición por @rubimor

                                    @rubimor Yo no creo que lo vayamos a ver mínimo hasta después del parón de septiembre. Teniendo en cuenta que no ha hecho pretemporada y que incluso una vez recuperado tendrá que ir cogiendo tono

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                                    • alekgrana Última edición por @gimnastico_1909

                                      @gimnastico_1909 Que la virgen de Regla nos proteja, así son 2 vírgenes las que nos ayudan xD

                                      Quico Catalán delenda est

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