Sentencia a "la Manada"
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Para aportar algo de diversidad de opiniones:
https://blogs.elconfidencial.com/espana/tribuna/2018-05-01/manada-sentencia-crisis-poder-judicial-decalaraciones-catala_1557691/
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Para aportar algo de diversidad de opiniones:
https://blogs.elconfidencial.com/espana/tribuna/2018-05-01/manada-sentencia-crisis-poder-judicial-decalaraciones-catala_1557691/O sea, que según la señora jurista todo este "lío" se ha montado porque el CGPJ no tiene un community mánager.
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Me parece interesante esto, porque es un caso muy similar, ocurrido aquí en Valencia y con una sentencia y condena muy parecidas. Y coincidente en el tiempo. Y sin embargo, no ha tenido eco mediático, ni ha despertado las mismas reacciones que el de Pamplona, ni ha supuesto una especie de golpe a la administración de justicia o a la ley sobre abusos sexuales.
Dejando de lado el fondo del asunto, es evidente que quienes son capaces de movilizar medios de masas y redes sociales tienen un poder evidente en nuestra sociedad.
_Ocho años de cárcel para 'La Manada de Orriols' por violar a una joven tras drogarla
Los tres condenados aprovecharon que la joven bebió una sustancia que la dejó aturdida para abusar de ella en repetidas ocasionesIgnacio Cabanes València 21.03.2018 | 21:23
La víctima: "Era una marioneta, no sé ni cuántos me violaron"
Las risas de los acusados durante el juicio se tornaron en lágrimas cuando la Audiencia Provincial de València les notificó la sentencia condenatoria y su inminente ingreso en prisión. La Sección Segunda de la Audiencia ha condenado a tres jóvenes por el llamado caso de "La Manada de Orriols" al considerar acreditado que violaron en varias ocasiones a una chica con la que coincidieron en una discoteca de la localidad valenciana de Riba-roja. A dos de ellos, la Sala les considera culpables de un delito continuado de abusos sexuales y les impone una pena de ocho años de prisión. Al tercero le castiga con cinco años de cárcel por un delito de abusos sexuales. Los tres condenados, que cuando cometieron los hechos tenían 19 y 24 años, deberán indemnizar a la víctima con 10.000 euros por los daños morales que sufrió.Los hechos sucedieron en junio de 2012, como ya informó en exclusiva Levante-EMV, cuando uno de los ahora condenados coincidió en el local de ocio con la joven, con la que había mantenido una relación esporádica años atrás que les había llevado a mantener relaciones sexuales consentidas. Según el relato de hechos probados de la sentencia, la víctima consumió una bebida en la que habían vertido una sustancia que le provocó "aturdimiento y desorientación", lo que aprovecharon los condenados para llevarla a València, al domicilio que compartían dos de ellos, donde la violaron repetidamente.
"Parecía un zombi, no era yo, me sentía como una marioneta, no sé mi cuántos me violaron", confesó la víctima en la vista oral tras declarar detrás de un biombo para no tener que enfrentarse de nuevo a la mirada de sus agresores. La joven, que perdió el teléfono móvil, el bolso e incluso sus zapatos, apenas podía recordar pequeños esbozos de lo ocurrido ese día, como el hecho de que cuando recuperó el conocimiento tenía las extensiones del pelo arrancadas.
Dos de los acusados reconocieron en el juicio haber mantenido relaciones sexuales con la chica pero insistieron en que éstas fueron consentidas. No lo ha considerado así la Audiencia Provincial, quien observa "prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia". Los condenados han recurrido la sentencia. Su defensa sostiene que en las pruebas de orina no fue hallada ningún tipo de sustancia estupefaciente ni droga de sumisión, y que los forenses no apreciaron lesiones en la supuesta víctima.
En el fallo ha resultado clave la declaración de una amiga de la agredida, quien aseveró que vio como alguien le metió algo en la copa, aunque no pudo reconocer quién. "Se empezaron a pasar el vaso de unos a otros mientras se reían", recordó esta testigo. "No se tenía en pie, parecía que se había bebido la discoteca entera", explicó sobre el estado de su amiga. Incluso cuando tiró por accidente la copa, éstos le echaron "una mirada de asco". "Si las miradas matasen estaría muerta", apuntó.
"De la prueba practicada en el acto del juicio oral puede alcanzarse la convicción de la falta de consentimiento por parte de la denunciante", remarca la sentencia, "en base a la privación de sentido que se deriva de la declaración de la víctima y las circunstancias concurrentes que adornaron el comportamiento de los agresores".
El consentimiento tácito no sirve
La Sala aclara que el eslogan de "no es no" se queda corto a la hora de evaluar una posible violación y debe de haber un "sí inequívoco". De esta forma, el llamado consentimiento tácito o actos externos de carácter "insinuante no atribuyen licencia para alcanzar conductas como las descritas y menos aún ante la evidencia de las limitaciones derivadas de la desorientación de la víctima".
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Mejor paso por aquí sin poner lo que pienso, aunque coincido plenamente con el post inicial de gimnástico.
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@Fonseca 5:
¿Qué sociedad estamos creando cuando un juez (Ricardo González) confunde los gritos de dolor de la víctima con "gemidos y jadeos propios de una relación sexual"?
**¿ En qué manos estamos cuando las asociaciones de jueces y fiscales piden la dimisión de Catalá por haber reprobado públicamente al juez Ricardo González por su interpretación de los hechos?Este juez debería haber sido expedientado y cesado en todos sus cargos, no por la sentencia (ya que si las pruebas no son suficientes no puede condenar) sino por su interpretación de las pruebas.**
Me dan escalofríos que existan jueces que vean placer en la sumisión de las víctimas ante sus agresores.
Que alguien le ponga a fonseca una de bravas. Y de paso que le informe de porque las asociaciones de jueces piden la dimisión del ministro, que creo que pese a ofrecer clases de comprensión lectora, no se ha enterado.
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Que alguien le ponga a fonseca una de bravas. Y de paso que le informe de porque las asociaciones de jueces piden la dimisión del ministro, que creo que pese a ofrecer clases de comprensión lectora, no se ha enterado.
Igual el que no se ha enterado eres tú. Como siempre…
https://www.elespanol.com/reportajes/20 ... 665_0.html
_"Ni dolor ni asco, era excitación sexual… un jolgorio"En varios momentos del vídeo se pueden escuchar para lo que la Policía Foral de Navarra eran "chillidos de dolor". Pues bien, González describe esos sonidos como "gemidos o jadeos de carácter sexual"._
Y eso que el ministro Catalá se limitó a decir lo siguiente: "Todos saben que el juez que emitió el voto particular en la sentencia de La Manada tiene un problema; el CGPJ debería haber actuado".La independencia del poder judicial no supone que un juez pueda actuar como le sale de las pelotas. Si no crees que existen pruebas suficientes de que se haya ejercido violencia, pues lo dices tal cual y nadie te puede reprobar ya que nuestro sistema legal es garantista. Pero ya no es solo que ni tan siquiera vea indicios de delito (si por su voto hubiese sido se habría absuelto a los acusados), sino que además confunde los lamentos de la víctima con gemidos de carácter sexual, como si la chavala se hubiese corrido una orgía.
Igual a este juez también le tocó la plaza con las tapas del danone.
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@Fonseca 5:
¿Qué sociedad estamos creando cuando un juez (Ricardo González) confunde los gritos de dolor de la víctima con "gemidos y jadeos propios de una relación sexual"?
**¿ En qué manos estamos cuando las asociaciones de jueces y fiscales piden la dimisión de Catalá por haber reprobado públicamente al juez Ricardo González por su interpretación de los hechos?Este juez debería haber sido expedientado y cesado en todos sus cargos, no por la sentencia (ya que si las pruebas no son suficientes no puede condenar) sino por su interpretación de las pruebas.**
Me dan escalofríos que existan jueces que vean placer en la sumisión de las víctimas ante sus agresores.
Que alguien le ponga a fonseca una de bravas. Y de paso que le informe de porque las asociaciones de jueces piden la dimisión del ministro, que creo que pese a ofrecer clases de comprensión lectora, no se ha enterado.
Amic, es posible debatir sin faltar el respeto a nadie. Inténtalo.
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Lo que poca gente ha hecho es leer los 250 folios donde razona por qué pide la absolución de los acusados.
Su voto particular es tan extenso y tan denso que es imposible hacer un resumen completo, pero he recogido algunas de las citas que (en mi opinión) mejor reflejan su postura.
¿Emplearon ellos la violencia?
A día de hoy todo el mundo acepta que los condenados no ejercieron violencia contra la denunciante, pero la denuncia original decía que sí. Así lo recuerda el juez:
@24xw87sb:El 7 de julio de 2016 en dependencias de la Policía Municipal la denunciante afirmó que dos de los acusados la habían agarrado por los brazos. Afirmó también que intentó zafarse de ambos, pero no pudo; que además no podía gritar puesto el chico del reloj le había tapado la boca continuamente (…) que le arrancaron la riñonera y un jersey y los tiraron al suelo; que la rodearon entre todos y uno de ellos la cogió de la cara y le obligó en ese momento a hacerle una felación; que en ese momento no sabe cuántos chicos estaban ya que estaba todo encima de ella y no podía ver bien; que otro la cogió por detrás bajándole los leggins y el tanga y la penetró; no sabe si anal o vaginalmente; no recuerda cuántos le obligaron a hacer felaciones, ni cuantos la penetraron; no recuerda si reían o decían algo; que de repente, los chicos se fueron corriendo y la declarante se quedó recogiendo sus cosas.
Inequívocamente se describe el empleo de la violencia ya desde los momentos previos al desenlace de los hechos enjuiciados, desde incluso una no desdeñable distancia antes de llegar al portal en el que tales hechos sucedieron, llegando incluso la testigo a afirmar que opuso resistencia. Todo ello daba pleno sentido a su manifestación (en la denuncia) de que “estaba bloqueada debido a la situación”, pues tal bloqueo se expresa como consecuencia inmediata y directa al previo empleo de la violencia contra ella (…) sería natural que [sintiese miedo] una joven que es arrastrada desde la calle y por la fuerza dentro de un portal mientras se resiste a ello; a la que se le tapa la boca continuamente para que no grite; y que es lanzada al suelo y sujetada por cinco varones que de tal modo la fuerzan a plegarse a las sucesivas demandas sexuales de todos ellos; todo lo cual, conforme a su inicial versión haría plenamente comprensible el bloqueo emocional que refiere haber sufrido como consecuencia de la situación que relató, así como la afirmación de que la única reacción de la que fue capaz fue la de someterse, plegarse a lo que allí estaba sucediendo y esperar a que todo pasara, pues el temor a que quien ya había usado de tal modo la fuerza contra ella la repitiera o intensificara resultaría ineludible.Más adelante cambió su versión. El juez lo señala así:
@24xw87sb:Sorprendentemente, en la declaración prestada en el acto del juicio oral, niega y se retracta por completo de este relato (…) su afirmación fue que no la forzaron; que no intentó zafarse, ni huir; que no gritó; que no le taparon continuamente la boca, ni la tiraron al suelo; su novedosa versión, en definitiva, contradice frontalmente su denuncia inicial, ratificada al día siguiente a presencia judicial.
Que indicara que entró al portal, más dirigida que forzada, y que lo que pensó es que lo hacían para fumar un porro, da por otro lado idea de que, al margen de cuales fueran las motivaciones o las intenciones de los demás, el ambiente que había entre ellos era en apariencia cuando menos amigable y sin asomo de hostilidad o conminación por parte de los cinco acusados, pues de otro modo no se explica que ella voluntaria y confiadamente llegara hasta el cubículo.
Pero esto a su vez hace difícil la explicación de que ante los primeros intentos de acercamiento sexual sintiera una intimidación o temor de tal intensidad que la paralizase por completo y no fuese capaz de expresar la más mínima palabra, el más mínimo gesto.Luego, cuando supo que había camaras de vigilancia en la zona, y que todo estaba grabado, se retractó y nego todo lo dicho en la primera denuncia. Baia baia…
¿Se aprovecharon ellos de su estado de shock?
La sentencia mayoritaria cree que sí. Que ella estaba en shock, y que ellos lo sabían y se aprovecharon de ello. Lo dice así:@24xw87sb:
La denunciante reaccionó de modo intuitivo; la situación en que se hallaba y los estímulos que percibió provocaron un embotamiento de sus facultades de raciocinio y desencadenaron una reacción de desconexión y disociación de la realidad, que le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad , determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera.
Consideramos que no podían pasar desapercibidas para los procesados, el estado , la situación en que se encontraba la denunciante que evidenciaban su disociación y desconexión de la realidad; así como la adopción de una actitud de sumisión y sometimiento, que determinó que no prestara su consentimiento libremente, sino viciado, coaccionado o presionado por la situación de abuso de superioridad, configurada voluntariamente por los procesados, de la que se prevalieron.Pero el juez González lo pone en duda así:
@24xw87sb:
La tajante afirmación en la sentencia mayoritaria (…)constituye a mi juicio una suposición que solo puede sostenerse (…) asentando la condena sobre la premisa de que los acusados debieron percibirlo porque así debió ser. Frente a esto, no puedo sino mostrar mi absoluto y frontal desacuerdo.
La propia denunciante (…) al ser preguntada si “ante esa situación, desde el punto de vista de los acusados, ¿qué manifestación hizo usted, de cara a ellos, para que supiesen que usted estaba en situación de shock y que estaban teniendo esa situación de relaciones sexuales sin consentimiento por su parte? (…) contestó diciendo “no, no hablé, no, no grité, no hice nada, entonces, eh… que yo cerrara los ojos y no hiciera nada lo pueden interpretar como… eh… como que estoy sometida o como que no.”
Aun cuando prescindiéramos de todas las dudas que suscita el testimonio de la denunciante y aceptáramos su declaración sin cuestionarla, lo que sin duda resulta de ella en cuanto al hecho nuclear de la acusación es que su voluntad de no mantener las relaciones sexuales que tuvieron lugar en el portal quedó completamente silenciada en su fuero interno y no fue transmitida, insinuada, ni comunicada de ninguna manera, en absoluto. Ni siquiera tácitamente, porque su sometimiento, si fue tal, se tradujo en tal apariencia de aceptación que no permite establecer que pudiera siquiera ser percibido o intuido por los acusados; máxime si, como luego se expondrá con detalle al analizar la prueba pericial, un acreditado Médico Psiquiatra, experto en valorar la mente y la conducta humana, ha afirmado bajo juramento que no ve en las imágenes ni el bloqueo, ni la pasividad que se alega.¿Estaba ella en estado de shock?
Según la sentencia mayoritaria, los médicos forenses aseguran que la denunciante estaba en estado de shock. Pero el juez González dice que no.
@24xw87sb:En ninguno de sus informes y tampoco en su comparecencia en el plenario los Médicos-Forenses hicieron alusión alguna a un posible “embotamiento de sus facultades de raciocinio” y tampoco llegaron a mencionar siquiera “una reacción de desconexión y disociación de la realidad”; se trata por lo tanto de un “diagnóstico” construido por la sala mayoritaria que no encuentra ningún refrendo en la pericial que afirma que le sirve de sustento.
Ninguno de los médicos forenses realizó valoración alguna relativa al estado emocional de la víctima, ni ello constituyó el objeto de ninguno de los informes que realizaron en el sumario. Sus alusiones acerca de las posibles reacciones que pueden producirse cuando una persona siente que su vida corre peligro fueron realizadas con carácter general y sin considerar ni a la denunciante, ni las circunstancias del caso.Lo mismo ocurre con las psicólogas:
@24xw87sb:Constataron que, con carácter general, una respuesta de pasividad ante una agresión sexual está reconocida en la literatura científica como una de las posibles que cabría considerar. Además, enlazaron sus explicaciones con lo que la propia denunciante había relatado, pero no hicieron ningún esfuerzo de contraste con ningún otro dato objetivo de los que disponían, ni se cuestionaron, en absoluto, la razonabilidad de dichas manifestaciones en relación, por ejemplo, con las imágenes de los vídeos que habían visto, ni con las actuaciones que habían examinado, ni con las declaraciones de los acusados que también habían conocido según afirmaron y que ofrecían una versión radicalmente diferente de los hechos que permitía siquiera plantearse diferentes hipótesis; mucho menos valoraron si lo que la denunciante describe que hizo encaja en lo que han definido como inacción, parálisis o no reacción. En consecuencia y al igual que lo que se ha indicado respecto a los médicos forenses, este testimonio, que no se ha sustentado en ningún análisis pericial concreto pues no era objeto de la pericial que se les encomendó, solo apuntaría a que la reacción que la denunciante relata, de llegar a probarse, resultaría ser una entre las varias posibles que se recogen en la literatura científica.
Como quedó aclarado a pregunta de una de las defensas de los acusados, cuando le dijo: “Con lo cual, todas las valoraciones que usted ha realizado y todas las teorías, no necesariamente tienen que encajar en este caso (…) ¿Entiende usted que, si las relaciones que mantuviesen, que mantuvieron las personas implicadas con la denunciante, se hubiesen mantenido con su consentimiento, el resultado de la práctica de su informe sería exactamente igual?” su respuesta fue: “podría ser igual, sí”.Se consultó a un psiquiatra para examinar los vídeos y valorar si la denunciante estaba en estado de shock o no. El juez lo cuenta así:
@24xw87sb:Es incomprensible para mí que la decisión mayoritaria apoye su convicción en opiniones puramente teóricas emitidas por peritos cuyos respectivos informes periciales no versaban sobre las imágenes grabadas (…) y por el contario, se desdeñe y se descarte por completo la pericial practicada sobre tal objeto.
El único perito que ha trascendido el plano teórico general y ha emitido su opinión profesional acerca de la concreta reacción que la denunciante afirma que experimentó en el portal de autos ha sido D. Alfonso Sanz Cid, quien, desde su condición de Doctor en Medicina y Cirugía; Especialista y Máster en valoración del Daño Corporal y Peritaje Médico; Especialista en Psiquiatría; Perito en Psiquiatría Forense y Profesor titular del Máster en Psicopatología Legal y Forense de la Universidad Internacional de Cataluña, sobre el que ninguna tacha se ha formulado, ni insinuado argumento alguno que permita dudar de su pericia.
Manifestó que, aun corroborando lo que el resto de los peritos manifestaron a la hora de ilustrar sobre las posibles reacciones que puede desplegar quien se enfrenta a un suceso traumático o muy estresante, descartaba dicha reacción en el concreto caso que enjuiciamos en razón a que las imágenes son incompatibles con una sumisión provocada por estrés agudo porque hay más actividad que pasividad; para el Sr. Sanz Cid en el vídeo IMG7408 se aprecia a la denunciante acercándose a la zona genital de uno de los varones, camino de una felación; tampoco lo entiende compatible con un gesto instintivo, “están más cerca de saber que de no saber y que al principio es claramente activa”; en la IMG7410 no ve ninguna fuerza y sí movimientos sincronizados en varón y mujer, movimientos que no son de empuje del varón sobre ella, sino sincronizados y que requieren de una participación activa en la mujer; para el perito esta es una de las imágenes más reveladoras.
Destaca, en general, respecto a las imágenes que ha analizado que la cara de la mujer tiene una expresión distendida y no se ve fuerza, ni resistencia; que no ha visto ninguna imagen de una mujer sufriendo, ni ninguna que denote asco, “de que se lo esté pasando muy bien tampoco”; y aunque las describe como unas imágenes patéticas afirma que percibe delicadeza en los varones y no percibe miedo, ni horror, ni defensa, ni actitudes de evitación en la mujer. Se le pregunta sobre si es posible que la mujer se dejara hacer y responde que no, que no se concibe una respuesta amigable con cinco atacantes; y afirmó y reiteró con firmeza que lo que revelan a su juicio las imágenes no es una reacción de pasividad, “con cinco atacantes lo menos que se puede esperar es que se muestre rechazo”, “para contemporizar con cinco atacantes debería haber actuado bajo un miedo atroz y no ve un miedo así en los vídeos”, “tendría que haber, al menos, una resistencia mínima”.
Destacó los efectos del alcohol en todos los participantes y señaló que, a su juicio, bajo una imagen de aparente diversión cree que allí no se divertía nadie. A la pregunta de si veía en las imágenes algo como “shock” o bloqueo emocional respondió que la palabra “shock” no existe en psiquiatría, que quizá se debería referir una reacción de adaptación o de una reacción a estrés, pero la descarta porque cabría esperar defensa y evitación y no la hay.Sin embargo los otros dos miembros del tribunal rechazaron el informe de ese psiquiatra. El juez lo lamenta así:
@24xw87sb:La única prueba pericial médica que tenía por objeto el análisis de los videos, obviamente no desde un punto meramente técnico para fijar las acciones realizadas por las personas que en ellos aparecen como sucede con la emitida por el Inspector de Policía Foral no 0063 y por el Subinspector no 0329 del mismo cuerpo policial, sino desde la perspectiva científica que es propia a su condición de Psiquiatra (…) es desdeñada por completo, tanto en lo que expuso por escrito como respecto de lo declarado en juicio.
No puedo compartir el tratamiento que la sentencia mayoritaria da a su intervención pericial sobre el contenido de los videos que visionó, tratando de equiparar su función a este respecto con la de los agentes de la Policía Foral que realizaron una pericial técnica sobre su contenido, cuando la desdeña diciendo que “no tomamos en consideración, las partes de dicho informe y ratificación en las que se incluyen exclusivamente valoraciones subjetivas sobre las prácticas de índole sexual realizadas por denunciante y procesados”, pues, precisamente, estos aspectos también formaban parte del objeto de su pericia, esta sí, propuesta y admitida por la Sala, siendo connatural a toda prueba pericial, y su propia razón de ser, la emisión de opiniones fundadas en los conocimientos técnicos o científicos sobre los que verse; tal y como sucede con las emitidas, desde su condición de profesional cualificado para la valoración de la conducta humana, por D. Alfonso Sanz Cid en cumplimiento de su función auxiliar del órgano judicial.También se preguntó a dos inspectores qué hechos sucedían en el vídeo, aunque en este caso (al no ser especialistas) no se les pidió su valoración. El juez lo cuenta así:
@24xw87sb:A pesar de que según afirmaron en juicio los peritos visualizaron las imágenes “cientos de veces”, en la sesión del plenario en la que comparecieron, las defensas pusieron de manifiesto un nada desdeñable cúmulo de acciones que los peritos no reseñan en su informe y que, sin embargo, reconocieron apreciar cuando en la sala se las pusieron de manifiesto con un solo visionado; resultó evidente además que su informe aparece plagado de valoraciones subjetivas en las que la hipótesis por la que se opta para tratar de justificar, esencialmente las acciones que se observan en la denunciante, es la que resulta más perjudicial para los acusados, llegando a reconocer en juicio que sus interpretaciones son susceptibles también de otra lectura sin que supieran explicar por qué en tal caso no la hicieron constar en su informe.
Asimismo, resulta patente el modo en que se afanan por describir cada pequeño movimiento que perciben en los acusados, en tanto que se muestran mucho más laxos al describir las acciones de la denunciante aprestándose a buscarles justificación en cuanto perciben que pueden poner en duda la inactividad o pasividad de la misma que pretenden transmitir y recurren a verbos sugerentes de fuerza o dominio tales como agarrar, tirar, sujetar… cuando describen acciones de los acusados a pesar de que su conclusión final es la de ausencia de cualquier fuerza o violencia; de modo que se vieron obligados en juicio a tal cúmulo de matizaciones y rectificaciones que su informe no puede sino ser desechado.
Que afirmen que, cuando la denunciante toma el pene de uno de los acusados y realiza movimientos masturbatorios sobre el mismo, quizá ocurrió que lo hiciera para no perder el equilibrio y evitar caerse es tan grotesco que hace innecesario abundar en su consideración; todo ello me lleva a prescindir de lo informado, más allá de los datos técnicos relativos a la identificación de los 7 vídeos y dos fotografías objeto de la prueba, su duración y el momento en que fue generado cada uno de los archivos.¿La llevaron engañada?
Independientemente de los vídeos, la versión de la denunciante es que ella no conocía las intenciones de la Manada y que a eso se debió su shock. Los miembros de la manada, por el contrario, dicen que sí. El juez lo cuenta así:
@24xw87sb:La denunciante afirma que las relaciones sexuales mantenidas fueron sin su consentimiento y que en todo momento fue ajena a las intenciones de los acusados de mantenerlas, y la versión de estos que afirman unánimemente que, ya en la conversación que mantuvieron en el banco de la Plaza del Castillo, los seis convinieron mantener sexo en grupo.
Declararon también que, durante su recorrido hasta detenerse en el portal, sus conversaciones giraron en torno a sus preferencias sexuales y a las relaciones que habían convenido practicar, lo que alimentó también su convencimiento de que ella las aceptaba tal y como habían convenido en el banco. Sobre este extremo, al igual que ha sucedido con otros, la denunciante no ha aportado luz, pues cada vez que fue preguntada acerca de la conversación que llevaran en diferentes puntos del trayecto, respondió invariablemente que no lo recordaba. Paradójicamente sí afirmó que no hablaron de sexo.El juez se pasa decenas de páginas justificando por qué cree que ella lo sabía, pero creo que lo más destacable es este pasaje donde explica cómo ellos lo dijeron en voz alta al portero de un hotel y ella, que estaba al lado, lo oyó.
@24xw87sb:En su denuncia inicial expresó que los tres chicos que iban por delante de ella se han dirigido al hotel Leyre (…) que no le han dicho por qué iban al hotel; que no escuchó el nombre o apellidos de ninguno de los chicos porque “ellos cuatro han entrado dentro del hall del hotel y ella, que estaba fumando, se ha quedado fuera” y que aunque los chicos le habían dicho que dormían en el coche, no le dio ninguna importancia al hecho de que entraran en el hotel.
Lo cierto es que D. Miguel González Oteiza ha manifestado en todo momento que esa noche realizaba su trabajo en la calle (…) Manifestó que recordaba al grupo de andaluces que, acompañado de una chica, se acercó al hotel la noche de autos. Dijo que la chica venía con ellos y se quedó a 3 ó 4 metros de él (…) la conversación que mantuvieron, de acuerdo con lo que testificó, puede concretarse en los siguientes puntos:
1. Uno de los jóvenes intentó entrar facilitando un nombre y número de habitación supuestos.
2. El Sr. González les negó el paso explicando que no figuraban en su lista de clientes.
3. Ante su negativa, los jóvenes le preguntaron si disponía de una habitación, para toda la noche o por horas refiriendo “que la querían para follar.”
4. Finalmente el Sr. González tras decirles que no había habitaciones les sugirió que preguntasen en el Hotel Yoldi o en el Hotel Leyre.
No se puede tener por cierto en términos absolutos que no escuchara la conversación porque ya en la mañana del 7 de julio, al formular su denuncia, demostró conocer el fragmento de la conversación entre los acusados y el portero que antes he numerado como 2º (que no estaban en la lista de clientes); en el plenario reconoció que también conocía el fragmento 1º (que uno de los chicos dio un nombre y un número). La lógica invita a pensar que la petición de “una habitación para follar”, que fue inmediatamente posterior, debió oírla también pues es imposible que se hubiera alejado lo suficiente como para no escucharla.
Sin que tampoco resulte irrazonable pensar que también conoció el fragmento 4º (recomendación del portero de que acudieran a preguntar al Hotel Yoldi o al Leyre).Algo más tarde hace esta valoración:
@24xw87sb:Se mantiene por las acusaciones que, ya desde que abandonan el banco, la intención de los acusados era mantener relaciones en grupo con la denunciante, y mantienen también que ella desconocía que tal fuera la intención de los varones. Lo que no explican las acusaciones, ni yo puedo acertar a dar alguna explicación, es de qué modo hubieran podido mantener tales relaciones en el bar Txoko o en el Hotel Europa caso de haber encontrado una habitación para “follar”, sin el conocimiento y consentimiento de la denunciante, pues para hacerlo por la fuerza entre los cinco, hay que considerar la cantidad de gente que en ese momento había en la Plaza del Castillo y que entrar en el Hotel Europa obligándole a ella a acompañarlos, les hubiera exigido subir todo un tramo de escaleras hasta alcanzar la recepción, más el tramo que reste hasta llegar a la correspondiente habitación, sin olvidar al portero que se encontraba en la puerta del establecimiento. Verdaderamente y aunque diéramos por buena la pericia que a Antonio Manuel Guerrero y a Alfonso Jesús Cabezuelo les atribuye el Ayuntamiento de Pamplona en lo que a la inmovilización de personas se refiere, la escena se representa como tan absurda que es inaceptable la hipótesis de que alguien siquiera pensara en intentarlo.
¿Entonces por qué robaron el móvil y salieron corriendo?
@24xw87sb:Por más que se insinúe que salieron corriendo o apresuradamente, lo cierto es que las cámaras que los grabaron cuando después de los hechos vuelven a la avenida Roncesvalles, recogen absoluta tranquilidad; los cinco caminan sin el más mínimo signo de apresuramiento, nerviosismo o cautela, con absoluta naturalidad incluso se detienen durante unos minutos en el monumento al encierro que se encuentra en la confluencia con la Avenida Carlos III. Se da incluso la circunstancia de que, cuando la denunciante abandona finalmente el portal y se sienta en el banco de la Avda. Roncesvalles, los acusados aún se encuentran en la misma calle y a escasos metros en línea recta del banco donde ella se sienta.
¿Qué opina el juez sobre la sentencia mayoritaria?
Entre otras cosas, el juez dice lo siguiente:
@24xw87sb:La sentencia mayoritaria ha tratado las pruebas de cargo, especialmente la principal (la testifical de la denunciante), de una forma tan obsequiosa y complaciente que no puedo compartir, pues elude (…) no solo la constatación de todas las contradicciones en que ha incurrido, minimizándolas, para salvar la credibilidad que le ha otorgado, con el fácil recurso de llamarlas puntualizaciones o matizaciones (…) además, silencia aspectos relevantes, cuya consideración ha omitido por completo, al tiempo en que todas las dudas que suscita la prueba practicada las ha resuelto, invariablemente, contra reo.
Lo que, en mi opinión, hace que el tratamiento dado por la mayoría de la Sala al conjunto de dicha prueba resulte sumamente unidireccional y sesgado, magnificando el valor de todos aquellos datos que pueden servir a una justificación de la condena, en tanto que o no se consideran o se minimizan, incluso recurriendo al empleo de algún fácil sofisma en su argumentación (como el de atribuir a aquél de quien se disiente afirmaciones que no ha hecho, tergiversándolas o presentándolas fuera de su debido contexto), aquellos otros elementos de juicio que han servido para descartar (…) o bien para sustentar dudas más que razonables respecto de la comisión del delito de abusos sexuales con prevalimiento construido en la sentencia de la que discrepo y por el que finalmente se condena a los procesados.Y dejo esto por aquí, por si no os apetece leer tanto:
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En fin…que si algo queda claro, es que los de la manada son escoria, y aun tienen otro juicio pendiente....
pero me sorprende como con el niño Gabriel no había que legislar en caliente y ahora todos quieren cambiar el Codigo Penal, ya que aquellas que tenían las pancartas hechas antes de conocer la sentencia tienen mucha fuerza hoy en dia.
Luego también me sorprende lo de "que barato sale abusar", joder 9 años no me parecen pocos años. (Y puede que el TSJ o el TS les pongan más)
-"Es que ya llevan 3 años en la carcel y van a salir en dos 2 dias!"
- Pues como todos los delitos, salen a la calle violadores, asesinos, estafadores y terroristas.
Así pensando se me ocurre....si abusar "sale barato"…..entonces lo de MATAR a una persona con el coche como sale? Regalado no?
Cuatro años de cárcel a una conductora que atropelló mortalmente a un ciclista
La mujer condenada huyó del lugar del accidente sin socorrer a la víctima.
http://www.publico.es/actualidad/cuatro ... lista.htmlEl torero ha permanecido en prisión durante algo más de 13 meses por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlos Parra.
Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/248132 ... xts=467263
https://www.20minutos.es/noticia/248132 ... cer-grado/Tres años de cárcel para el conductor ebrio que atropelló mortalmente a un ciclista en Montesierra .Había ingerido bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes como cocaína, hachís, mda y mdma
http://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-tres ... ticia.htmlMandar a una persona a criar malvas sale regalado....pero a nadie le importa, ni nadie se plantea reformar el Codigo Penal en este aspecto. Victimas de primera y de segunda.
Y luego está el ministro este:
http://www.expansion.com/2011/07/16/eco ... 45339.htmlQue como será de ruin, que ha hecho coincidir a todos los partidos politicos (incluso Podemos) y asociaciones de jueces en pedir su dimision....excepto a Fonseca, que está encantado con él.
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Uno de tantos descerebrados.
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Que como será de ruin, que ha hecho coincidir a todos los partidos politicos (incluso Podemos) y asociaciones de jueces en pedir su dimision….excepto a Fonseca, que está encantado con él.
Fonseca y….el PSOE (al principio).
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Violación en Pamplona: 9 años (jolgorio y regocijo)
Pelea en un bar de Altsasu: 62 años (terrorismo)Argumento de Pamplona: Iba de paisano. Fuera de servicio
Argumento de Altsasu: Un Guardia Civil lo es las 24 hs del díaLa justicia española es ciega de tanto estar cara al sol.
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@rana baileys:
Violación en Pamplona: 9 años (jolgorio y regocijo)
Pelea en un bar de Altsasu: 62 años (terrorismo)Argumento de Pamplona: Iba de paisano. Fuera de servicio
Argumento de Altsasu: Un Guardia Civil lo es las 24 hs del díaLa justicia española es ciega de tanto estar cara al sol.
En eso te doy la razón. No estoy de acuerdo que les metan delito de terrorismo. Es una locura
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No estoy de acuerdo que les metan delito de terrorismo. Es una locura
Tanta locura es calificarlo de terrorismo (la Audiencia Nacional empieza a estar aburrida tras el cese de acciones de ETA), como calificar de "pelea de bar" (no lo digo por ti) una agresión planificada y organizada, que no fué fruto de la casualidad, ni de provocación previa.
También hay que ser contundentes con las agresiones en masa por motivos de pertenencia a un cuerpo (la Guardía Cívil, Médicos, maestros, etc), o por motivo de diferencia de orientación sexual, ideas políticas, raza o religión.
Igual que en su día fue injustificable que en la muerte de Guillem Agulló algunos se justificasen diciendo que llevaba un cuchillo….cuando estaba de acampada y sus agresores fueron a buscarlo a Montanejos, ahora no podemos calificar de simple pelea una agresión así.
De todos modos (y modas) mientras que en el caso (y casa) de La Manada se trata de una sentencia firme, en el caso Alsasua es la petición (y peticiona) de la acusación, que siempre van a máximos.
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Video de visionado obligatorio.
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No sé, sinceramente me entran muchas dudas cuanto más leo o veo al respecto.
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No sé, sinceramente me entran muchas dudas cuanto más leo o veo al respecto.
La duda es rara avis en estos tiempos de pancartas y panfletos, malc, amic…
Yo también dudo de si debo de dudar...
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No sé, sinceramente me entran muchas dudas cuanto más leo o veo al respecto.
Vamos Malc, con lo que te gusta la polemica y debatir, y en este asunto no te mojas?
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No me mojo porque como bien dices muchos carecemos de elementos para juzgar con propiedad. Y me parece un tema demasiado sensible como para lanzarme a aseverar cosas, por tanto prefiero por el momento dudar… que en realidad ya es mojarse.
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Yo solo digo que respeto está sentencia…y las que puedan venir del TSJ y del TS. Sean las que sean.
Luego ya me podrán gustar más o menos.
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@Fonseca 5:
No estoy de acuerdo que les metan delito de terrorismo. Es una locura
Tanta locura es calificarlo de terrorismo (la Audiencia Nacional empieza a estar aburrida tras el cese de acciones de ETA), como calificar de "pelea de bar" (no lo digo por ti) una agresión planificada y organizada, que no fué fruto de la casualidad, ni de provocación previa.
También hay que ser contundentes con las agresiones en masa por motivos de pertenencia a un cuerpo (la Guardía Cívil, Médicos, maestros, etc), o por motivo de diferencia de orientación sexual, ideas políticas, raza o religión.
Igual que en su día fue injustificable que en la muerte de Guillem Agulló algunos se justificasen diciendo que llevaba un cuchillo….cuando estaba de acampada y sus agresores fueron a buscarlo a Montanejos, ahora no podemos calificar de simple pelea una agresión así.
De todos modos (y modas) mientras que en el caso (y casa) de La Manada se trata de una sentencia firme, en el caso Alsasua es la petición (y peticiona) de la acusación, que siempre van a máximos.
Perdón por desviar el tema. Un relato sobre Altsasu en un medio no muy "radical" como Público.
http://www.publico.es/sociedad/jovenes- ... rismo.html
Por cierto Fon, no me parezco nada a Irene Montero, y lo sabes.
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Yo creo que todos estamos en contra de cualquier abuso, también sexual. Y que rechazamos culpabilizar a la víctima o justificar al agresor. Y que estamos de acuerdo en que la ley debe castigar al infractor y restituir en lo posible a la víctima. Y que este tipo de cosas deben de perseguirse.
Ahora bien, en cuanto a qué tipo penal sea, cual debe ser la responsabilidad y cuál el castigo, ese es un debate en el que deberían intervenir únicamente los juristas, y únicamente en base a la ley. No olvidemos que los tres jueces del tribunal de primera instancia han visto y oído todos los testimonios y todas las pruebas… y sin embargo no coinciden entre sí. No siempre es fácil, y este caso puede ser un poco difícil.
Quiero decir, que si una ley, aprobada por los grupos mayoritarios (teóricamente representando a la mayoría de la población) exige unos requisitos para dictaminar agresión sexual en vez de abuso, y si en este caso no se dan esos requisitos, los jueces no pueden inventárselos. Son técnicos en derecho, y como tales, han de ajustarse a pruebas, indicios y hechos (afortunadamente). No pueden basarse en emociones o en lo que les parece a ellos. De hecho, si tuvieran una idea preconcebida o un prejuicio antes del proceso, se les debería recusar, y si persisten, podrían ser acusados de prevaricación.
En este caso, además, no me sorprendería saber que el guardia civil del grupo (el que le robo el móvil a la víctima), como conocedor de los procedimientos de investigación, hubiese dispuesto todo para que en caso de juicio fuese más difícil una acusación, como evitar cuidadosamente la violencia física, o drogar previamente a la víctima, o grabar los vídeos en los momentos en los que no era manifiesta la amenaza para la seguridad de la víctima.
Probablemente, la forma de que estos canallas reciban el castigo que merecen sea demostrar que drogaron a la chica y, sobre todo, que otras víctimas (parece que esta no es la primera vez) denuncien, en cuyo caso todo el invento del sexo consentido se cae por su peso. Una acumulación de penas será más efectivo que intentar saltarse la ley o prevaricar en una sentencia (que por ese motivo será además más fácilmente recurrible), porque a la larga es lo mejor y más eficaz. Hay que ser astutos con los lobos.En resumen, mi opinión es que hay que ser más cautos al respecto, porque si no podemos denigrar a unos jueces o a una administración de justicia injustamente. Yo parto de la base de que todos los jueces intentan hacer su trabajo de la mejor manera posible. Cuando se demuestra que uno es incompetente o parcial, entonces sí, sanción. Pero meter en el saco a toda la justicia española como se ha estado haciendo estos días, me parece peligrosísimo. Una democracia no es nada sin un estado de derecho. Atenienses y romanos, los padres de este invento, lo tenían claro. Ser justiciero no es ser justo, y el garantismo legal es un bien, no un mal.
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@rana baileys:
Violación en Pamplona: 9 años (jolgorio y regocijo)
Pelea en un bar de Altsasu: 62 años (terrorismo)Argumento de Pamplona: Iba de paisano. Fuera de servicio
Argumento de Altsasu: Un Guardia Civil lo es las 24 hs del díaLa justicia española es ciega de tanto estar cara al sol.
Rana, cuando te pones demagogico no me dejas elección, te tengo que puntualizar (con afecto):
La violación de Pamplona no son 9 años por "jolgorio y regocijo" (de hecho, el juez del jolgorio y regocijo quería absolver a los agresores). Son 9 años por "abuso sexual con prevalimiento".
Lo de Alsasua no fue una "pelea de bar". No me jodas. Fue un linchamiento de decenas de personas contra cuatro, entre ellas dos mujeres, a los que dieron una paliza que no mataron de milagro. No sé si será terrorismo o no, pero coño, no le llames pelea. habría que verte que decías si las víctimas fuesen dos ertzainas fuera de servicio y sus novias a los que hubiesen apaleado 20 tíos en un bar de Burgos amenazándoles de muerte por ser policías y vascos.
Además esos 62 años no se piden a todos los acusados: el fiscal pide 62 años a un acusado, 50 años a 6 acusados y para una acusada 12 años y medio.Por último, estás comparando sentencias con acusaciones. No se puede comparar peras con manzanas.
El fiscal de Pamplona pedía 23 años para cada acusado. El de Alsasua, entre 12 y medio y 62.
La sentencia de Pamplona es de 9 años. La de Alsasua aún no se ha dictado.
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@rana baileys:
Violación en Pamplona: 9 años (jolgorio y regocijo)
Pelea en un bar de Altsasu: 62 años (terrorismo)Argumento de Pamplona: Iba de paisano. Fuera de servicio
Argumento de Altsasu: Un Guardia Civil lo es las 24 hs del díaLa justicia española es ciega de tanto estar cara al sol.
Rana, cuando te pones demagogico no me dejas elección, te tengo que puntualizar (con afecto):
La violación de Pamplona no son 9 años por "jolgorio y regocijo" (de hecho, el juez del jolgorio y regocijo quería absolver a los agresores). Son 9 años por "abuso sexual con prevalimiento".
Lo de Alsasua no fue una "pelea de bar". No me jodas. Fue un linchamiento de decenas de personas contra cuatro, entre ellas dos mujeres, a los que dieron una paliza que no mataron de milagro. No sé si será terrorismo o no, pero coño, no le llames pelea. habría que verte que decías si las víctimas fuesen dos ertzainas fuera de servicio y sus novias a los que hubiesen apaleado 20 tíos en un bar de Burgos amenazándoles de muerte por ser policías y vascos.
Además esos 62 años no se piden a todos los acusados: el fiscal pide 62 años a un acusado, 50 años a 6 acusados y para una acusada 12 años y medio.Por último, estás comparando sentencias con acusaciones. No se puede comparar peras con manzanas.
El fiscal de Pamplona pedía 23 años para cada acusado. El de Alsasua, entre 12 y medio y 62.
La sentencia de Pamplona es de 9 años. La de Alsasua aún no se ha dictado.Vamos a ver gim, con el mismo cariño (eso ya se supone), si no es una pelea de bar, cómo se puede calificar? Agresión? Sabes de alguna pelea física en la que no haya agresión?
Un linchamiento dices. Si esas "decenas de personas" hubiesen ido a por todas, en efecto no salen vivas. Sabes cuál fue el parte de lesiones?
De hecho, en una grabación aparecida recientemente, sale uno de los guardias, tranquilamente y afirma tener una huella de zapato en su espalda. Una huella así no es de una patada, sino de que alguien lo pisó.
Repito, cuál es el parte de lesiones?
Y aunque lo de terrorismo parece que todos estamos de acuerdo en que es desproporcionado, basta saber que todo acto terrorista por básico que sea, requiere una preparación, una planificación y una mínima infraestructura. No es ni sensato que un terrorista vaya por la calle y se diga: anda, ya que pasaba por aquí, pues voy a atentar. Suena hasta ridículo.La agresión de Altsasu no fue un acto preconcebido. No existen pruebas de que esa gente se comunicara previamente con un "estos tíos a esta hora y en este lugar.
Todo empezó casualmente con imprecaciones (mutuas), se fue calentando el ambiente y al final llegaron los palos.Y me pregunto, qué diferencia hay entre el caso en cuestión, y la paliza que le dieron a un granota a la salida de Mestalla por un grupo de xotos que lo dejaron sangrando en el suelo, sólo por llevar una bufanda del Levante. Pues es que el pobre chaval (de lo que ya se habló en el foro) no era guardia, ni poli. Todos somos iguales ante la ley?
Qué fue de aquellos animales? Nada. Ni siquiera salió en los medios nacionales.Y eso me jode mucho. Como cuando este invierno se nos machacó con que la guardia civil había rescatado a unos montañeros atrapados en los Pirineos…y eran independentistas!!! Manda huevos.
Y los que salvan vidas a diario, como médicos o bomberos, los autenticos héroes domésticos, si algún día tienen la desgracia de tener en la calle un altercado verbal con un picoleto, son ellos los que, de monento, van al calabozo, que por algo son autoridad y rescatan independentistas.Y el joven que le dió un señor bofetón a Rajoy en Pontevedra, que le puso roja media cara y se quedó sin gafas...terrorismo, gamberrada, agresión, delito de odio?
Pues no hubo ni denuncia de parte. Si eso se lo hace a un gc se la gana. Ahora resulta que un picoleto es más autoridad que el presidente del gobierno. Vivir para ver.Desde luego, nunca defenderé la violencia, pero aún menos la injusticia y el trato diferenciado por aquello de "por ser vos quien sois".
Ah, y lo de demagogia, está hecho con toda la intención. Lo verás oirás y leerás a diario en los autollamados medios de comunicación
Un saludo amic.
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Yo creo que todos estamos en contra de cualquier abuso, también sexual. Y que rechazamos culpabilizar a la víctima o justificar al agresor. Y que estamos de acuerdo en que la ley debe castigar al infractor y restituir en lo posible a la víctima. Y que este tipo de cosas deben de perseguirse.
Ahora bien, en cuanto a qué tipo penal sea, cual debe ser la responsabilidad y cuál el castigo, ese es un debate en el que deberían intervenir únicamente los juristas, y únicamente en base a la ley. No olvidemos que los tres jueces del tribunal de primera instancia han visto y oído todos los testimonios y todas las pruebas… y sin embargo no coinciden entre sí. No siempre es fácil, y este caso puede ser un poco difícil.Quiero decir, que si una ley, aprobada por los grupos mayoritarios (teóricamente representando a la mayoría de la población) exige unos requisitos para dictaminar agresión sexual en vez de abuso, y si en este caso no se dan esos requisitos, los jueces no pueden inventárselos. Son técnicos en derecho, y como tales, han de ajustarse a pruebas, indicios y hechos (afortunadamente). No pueden basarse en emociones o en lo que les parece a ellos. De hecho, si tuvieran una idea preconcebida o un prejuicio antes del proceso, se les debería recusar, y si persisten, podrían ser acusados de prevaricación.
En este caso, además, no me sorprendería saber que el guardia civil del grupo (el que le robo el móvil a la víctima), como conocedor de los procedimientos de investigación, hubiese dispuesto todo para que en caso de juicio fuese más difícil una acusación, como evitar cuidadosamente la violencia física, o drogar previamente a la víctima, o grabar los vídeos en los momentos en los que no era manifiesta la amenaza para la seguridad de la víctima.
Probablemente, la forma de que estos canallas reciban el castigo que merecen sea demostrar que drogaron a la chica y, sobre todo, que otras víctimas (parece que esta no es la primera vez) denuncien, en cuyo caso todo el invento del sexo consentido se cae por su peso. Una acumulación de penas será más efectivo que intentar saltarse la ley o prevaricar en una sentencia (que por ese motivo será además más fácilmente recurrible), porque a la larga es lo mejor y más eficaz. Hay que ser astutos con los lobos.En resumen, mi opinión es que hay que ser más cautos al respecto, porque si no podemos denigrar a unos jueces o a una administración de justicia injustamente. Yo parto de la base de que todos los jueces intentan hacer su trabajo de la mejor manera posible. Cuando se demuestra que uno es incompetente o parcial, entonces sí, sanción. Pero meter en el saco a toda la justicia española como se ha estado haciendo estos días, me parece peligrosísimo. Una democracia no es nada sin un estado de derecho. Atenienses y romanos, los padres de este invento, lo tenían claro. Ser justiciero no es ser justo, y el garantismo legal es un bien, no un mal.
Como casi siempre, de acuerdo contigo amigo, y más aun en lo que está en negrita.
Hace nada estaba viendo las mañanas de Cuatro, y estaba hablando la feminista esta que siempre llevan (no recuerdo su nombre). Y decia que al igual que con la corrupcion se expulsan las manzanas podridas, pues en este caso se deberian expulsar estas " 3 manzanas podridas".
Me han faltado manos para echarmelas a la cara, ansioso estoy por que se resuelvan los recursos, que seguro, dicten lo que dicten, tampoco contentarán a esta feminista y demás pancarteras. Entonces pedirá la expulsión de los magistrados del TSJ y del TS.
Joer, acabamos antes si expulsamos a los jueces y ponemos a esta señora y barbijaputa a juzgar los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y….
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En todas las tertulias hay hooligans. Los hay que resuelven todo echando inmigrantes o privatizando servicios públicos, y también está el tipo feminista radical que la culpa de todo es el heteropatriarcado y se queda tan ancha.
No hay que darle más importancia que la que tienen: gente que se lleva a los estudios y platós para calentar el ambiente y subir audiencia. El problema es si en vez de ser tertuliana, fuese consellera o ministra. Ahí sí que nos podríamos asustar.
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En los últimos días hay una reacción en sentido contrario a la indignación feminista por la sentencia inicial del tribunal de Pamplona.
Un profesor de Santiago de Compostela echa la culpa directamente a la víctima, diciendo que "sabía a lo que iba"
https://elpais.com/ccaa/2018/05/10/gali ... 57881.html
Uno de los condenados en el juicio, concretamente el guardia civil (me da a mí que este es el que hacía de cebo), publica una carta en un diario de Cartagena donde desafía directamente a la víctima a demostrar las acusaciones, amén de lanzarse a opinar sobre jurisprudencia en casos más graves que el que se le acusa (asesinatos)
http://www.antena3.com/noticias/socieda ... 7783f.html
No me da la gana reproducir las palabras de estos dos. El que tenga interés, que entre a los enlaces.
Me pregunto si la actitud de protesta y escándalo del feminismo radical (por ejemplo con los escraches públicos en los juzgados porque no les gusta una sentencia) no acabará provocando un aumento de los machirulos, en vez de lograr un mayor respeto mutuo entre los sexos. Por el fenómeno de acción-reacción.
Las autoridades políticas deberían calmar esto un poco, en vez de entrar en el juego con afán electoralista. A fin de cuentas, la víctima de la manada tiene tribunales a los que apelar.
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Yo esta mañana, he estado en la UV, que había una conferencia de Paz Lloria, que me dio Penal II, sobre la sentencia de la manada.
https://mobile.twitter.com/Gabri91MG/st ... 4661590017
Por cierto os recomiendo seguir a Paz, tenéis su dirección en el tuit que he puesto, porque encima es granota, como podréis ver en sus tuits.
Las conclusiones y su exposición imagina que sabréis por donde han ido.
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Yo esta mañana, he estado en la UV, que había una conferencia de Paz Lloria, que me dio Penal II, sobre la sentencia de la manada.
https://mobile.twitter.com/Gabri91MG/st ... 4661590017
Por cierto os recomiendo seguir a Paz, tenéis su dirección en el tuit que he puesto, porque encima es granota, como podréis ver en sus tuits.
Las conclusiones y su exposición imagina que sabréis por donde han ido.
Pues podías decirnos algo, porque en el twitter que enlazas, o en el de ella, tampoco es que diga nada sobre la conferencia.
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Yo esta mañana, he estado en la UV, que había una conferencia de Paz Lloria, que me dio Penal II, sobre la sentencia de la manada.
https://mobile.twitter.com/Gabri91MG/st ... 4661590017
Por cierto os recomiendo seguir a Paz, tenéis su dirección en el tuit que he puesto, porque encima es granota, como podréis ver en sus tuits.
Las conclusiones y su exposición imagina que sabréis por donde han ido.
Pues podías decirnos algo, porque en el twitter que enlazas, o en el de ella, tampoco es que diga nada sobre la conferencia.
A ver he ido sin papel y lapiz, y me anoté estas ideas en el bloc de notas del movil para pasarselas a algunos ex compañeros.
Son las siguientes ideas:
_Populismo punitivo.
Cuestión técnica jurídica penal: "no es no. Es violación" la sociedad piensa que cuando hablamos de abuso no estamos castigando y que no ha habido violación y eso no es verdad.
Abuso sexual 9 años. Agresión sexual con intimidación 6 años. La mínima del homicidio son 10. Paz prefiere que la abusen a que le maten. La próxima vez te mataran si vida y libertad sexual se valoran igual.
Derecho penal es derecho. No es moral. Derecho no castiga actitudes morales. La moral mayoritaria no tiene porqué ser la verdadera. Eso nos lleva al derecho penal de autor que vulnera el principio de culpabilidad. Piensa en una sociedad que piensa que mujeres deben ir con burka.lo que hay que castigar la lesión de BIENES JURÍDICO. No se pueden castigar actitudes morales, el estado de derecho castiga lesiones de bienes jurídicos.
Delito continuado o concurso de delitos? Delito continuado par abusos sexuales está pensando para otra cosa. Paz dice que hay unidad de acto. A penetra B sujeta a la víctima. Luego se cambian. Luego se le castiga por autor y cooperador necesario.
Voto particular. Una cosa es Ana Rosa Quintana. Una chica aquí se escandaliza (pero no se ha leído la prueba y Paz se ríe ). Paz le recomienda que se pase por Picassent, y que piense que ha hecho ella durante estos 9 años. La chica dice que para ella sería una tortura, pero tortura penal? En absoluto. No hay lesiones. Hay un atentado contra la dignidad y libertad sexual.
Qué eficacia puede tener la pena de prisión para un sujeto que está dispuesto a matar y a suicidarse el después? El derecho penal no sirve. Hay que buscar vías alternativas y anteriores.
Mitad inferior de la pena, en agresión sexual de habría quedado en 6 años. Luego el abuso asexual agravado les ha supuesto mas pena a la manada que la agresion sexual en su mitad inferior de la pena.
Para un "parguela" dice que para él es lo mismo lo que han hecho que la muerte.
paz dice que hay que distinguir del violador patológico. Paz dice que seguramente la manada criminologícamebte el 0% de reincidencia. Ellos son los que entregan el vídeo!!!!!!
Una brutalidad invertir carga de la prueba. "Qué el hombre vaya con el ISO de calidad."
Código penal es una constitución en negativo. No se pone foco en la víctima. Se pone el foco en la actuación del sujeto.
Populismo punitivo. Recomienda: "Silva Sánchez,. La expansión del derecho penal en la sociedad postindustrial". Los extremos se tocan y llegan a los autoritarismo de derechas e izquierda. Los grupos feministas están forzando el incremento de pena cuando deberían ser los más prógresistas y nos llevan a una dinámica autoritaria.
La prueba que se excluyó no pertenecía a este asunto. Es de otro procedimiento.
Jajajaja dice una feminista; no sería agravante que le pongan un detective a la víctima?? :Facepalm:
Paz alucina. Agravante de que? Donde?
Lo del detective tiene que ver la responsabilidad civil. "No se puede creer a la víctima de puntillas por ser víctima" (dicho por Paz). Es un proceso con igualdad de armas.
Caso de la Arandina. Han llegado a la absolución. Reflexionad un poco.
Es más barato legislar, que invertir en formación, en educación. Cambiamos el derecho penal y todos como borreguitos contentos.
Tenemos un código cada vez, más autoritario, más que el de la época de la dictadura según paz._
Como veis son unas notas un poco chapuceras. Pero son un poco las ideas que ha ido comentando.
Por cierto Paz es la directora del Master de Violencia de Genero de la UV.
Que no os sorprendan las ideas, como dice ella, a cuantros profesores o catedraticos de derecho penal llevan a las tertulias? Como maximo van abogados que se recorren plató por plató.
Ah, respecto el voto particular no ha querido entrar en detalle, si que ha señalado que quizas alguna palabra o expresion desafortunada….pero que vamos la opinion publica se ha quedado con eso y ya esta.
Y esto ya como opinion personal, aunque estoy lejos de ser experto en derecho penal....pero me huelo que el TSJ y TS van a ir por confirmar la pena...e incluso mas cerca de la absolucion que de imponer mayor pena.
Asi que las feministas pancarteras tienen trabajo para rato..