Actualidad política en España
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 Si no es una persona, ¿por qué se castiga su muerte con prisión de 4 a 8 años? Son muchos años. ¿Qué es un feto, entonces, para la ley?
En los artículos 29 y 30 del código civil lo tienes.
Libro I Título II
El narciturus NO TIENE PERSONALIDAD. Es decir, no es una persona.
Hasta el nacimiento no se adquiere la personalidad jurídica.Las disquisiciones de carácter filosófico y personal sobre este asunto, no tienen reflejo en nuestro ordenamiento jurídico.
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@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 Si no es una persona, ¿por qué se castiga su muerte con prisión de 4 a 8 años? Son muchos años. ¿Qué es un feto, entonces, para la ley?
En los artículos 29 y 30 del código civil lo tienes.
Libro I Título II
Qué cosas las del lenguaje juicial: artículo 29 "el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente." artículo 30: "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno."
¿Cómo puede tenerse por nacido un concebido aún no nacido siempre que cumpla con la condición de nacer? Si aún no ha nacido, ¿cómo podemos saber si va a nacer con vida, que es el requisito para que el concebido sea tenido por nacido? Es una contradicción lógica bastante grosera, algo así como que al que rellena la quiniela se le considerará ya ganador si en el domingo salen los resultados que apostó.No explican estos artículos, ni he encontrado en los del código penal, la razón por la que el feto muerto de resultas de una acción externa es protegido como si fuese una medio persona.
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 Si no es una persona, ¿por qué se castiga su muerte con prisión de 4 a 8 años? Son muchos años. ¿Qué es un feto, entonces, para la ley?
En los artículos 29 y 30 del código civil lo tienes.
Libro I Título II
Qué cosas las del lenguaje juicial: artículo 29 "el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente." artículo 30: "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno."
¿Cómo puede tenerse por nacido un concebido aún no nacido siempre que cumpla con la condición de nacer? Si aún no ha nacido, ¿cómo podemos saber si va a nacer con vida, que es el requisito para que el concebido sea tenido por nacido? Es una contradicción lógica bastante grosera, algo así como que al que rellena la quiniela se le considerará ya ganador si en el domingo salen los resultados que apostó.No explican estos artículos, ni he encontrado en los del código penal, la razón por la que el feto muerto de resultas de una acción externa es protegido como si fuese una medio persona.
Rafael Ballarín (el del artículo) publicó un manual bastante bueno, allá por los 80, que lo explicaba muy bien.
Yo ahora hablo de memoria, pero, como te he dicho antes, el concebido se le consideraba como nacido para aquellos efectos que le resultasen favorables. Y entre estos, se entendía principalmente, a efectos de determinar las distintas alternativas de sucesiones. Aunque no acababa aquí, solo es el ejemplo que mejor recuerdo de sus clases.
Lo que tb recuerdo, es que a efectos del aborto (que en el año 83 estaba muy candente) no era considerado como "persona". El profesor Ballarín huía en aquel entonces de todo tipo de polémicas al respecto y te miraba de forma fulminante si te atrevías a interpretar la ley a tu libre albedrío, pero no se extendía más en sus explicaciones.PD Pero desde luego, en el régimen legal del estado español, no existe la "medio persona".
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@Fonseca-5 si no entiendo mal, el feto es considerado "persona plena" a efectos legales para la sucesión o herencia patrimonial. Es considerado "persona parcial" si muere por agresión externa, y es considerado "no-persona" si la agresión externa que provoca su muerte la ordena su madre.
Dado que además esta muerte provocada es considerada un derecho de la madre, y dado que todo derecho es una deuda debida, resulta que el aborto provocado es jurídicamente algo ilícito si lo hace un tercero, pero lícito (en cierto modo, bueno), si lo hace la madre.Me parece que el derecho español debería aclararse sobre qué considera al feto, que es sujeto de derechos para heredar, pero no si su madre ordena su muerte.
La ciencia médica tiene muy claro lo que es. Más aún, existe una disciplina dentro de la medicina (que se enseña separadamente en las facultades del ramo) llamada embriología, cuyo objeto especial es precisamente el feto.
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 si no entiendo mal, el feto es considerado "persona plena" a efectos legales para la sucesión o herencia patrimonial. Es considerado "persona parcial" si muere por agresión externa, y es considerado "no-persona" si la agresión externa que provoca su muerte la ordena su madre.
Dado que además esta muerte provocada es considerada un derecho de la madre, y dado que todo derecho es una deuda debida, resulta que el aborto provocado es jurídicamente algo ilícito si lo hace un tercero, pero lícito (en cierto modo, bueno), si lo hace la madre.Me parece que el derecho español debería aclararse sobre qué considera al feto, que es sujeto de derechos para heredar, pero no si su madre ordena su muerte.
La ciencia médica tiene muy claro lo que es. Más aún, existe una disciplina dentro de la medicina (que se enseña separadamente en las facultades del ramo) llamada embriología, cuyo objeto especial es precisamente el feto.
El sistema jurídico español lo tiene muy claro Y esta concepción (definición) surge en el siglo XIX. El que no lo tiene claro eres tú.
En el sistema jurídico español NO EXISTE la "medio persona", ni la "persona parcial".
En el sistema jurídico español NO se adquiere la personalidad jurídica hasta el nacimiento.
Si a consecuencia de una agresión, se produce un aborto, legalmente se considera una lesión a la madre. De gravedad, pero no es un asesinato, ni un homicidio involuntario.
En el sistema jurídico español, se permite que un no nacido, pueda heredar los bienes de su padre, si este fallece antes de su nacimiento. Y hereda antes de nacer, con todo lo que ello conlleva. Y ya está....ni adquiere la personalidad jurídica de forma prematura por ello, ni ningún otro tipo de derechos y deberes que corresponden a las personas.
Luego la iglesia o la filosofía, pueden considerar al aborto como un asesinato, un parricidio o un crimen digno del cadalso, pero ni la iglesia, ni la filosofía dictan las leyes de nuestro sistema jurídico. Jesucristo ya dijo aquello de "dar al cesar lo que es del cesar y a dios lo que es de dios".
Ah, y conviene diferenciar entre los actos ilícitos (y por lo tanto punibles) y los considerados como "no buenos" o "malos".
PD Legalmente un feto no puede morir.
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@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
Y cambiando de tema. Otro asunto de actualidad.
Así se marcha Pablo Casado cuando se empieza a hablar del campo y se deja el tema de Venezuela
Al respecto este tuit de Rafael Simancas:
"Abrumado por la cantidad de españoles que nos paran en la calle exigiendo que nos olvidemos ya de salarios, pensiones y eutanasias, y que nos dediquemos a lo importante: aclarar si Guaidó es más opositor o más encargado, y qué diablos compró Delcy en el duty free"
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Donde están los ecolo-jetas ???? Supongo que en el mismo sitio que las asociaciones feministas en el caso de los "menores" de Baleares violados.
Eh, pero una ley rhodes que queda súper guay
Eso sí, se vota en contra de la comisión de investigación
https://www.elmundo.es/baleares/2020/02/05/5e3b06d0fc6c839a618b461b.html
La cara más dura que el cemento tiene esta gente
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@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 si no entiendo mal, el feto es considerado "persona plena" a efectos legales para la sucesión o herencia patrimonial. Es considerado "persona parcial" si muere por agresión externa, y es considerado "no-persona" si la agresión externa que provoca su muerte la ordena su madre.
Dado que además esta muerte provocada es considerada un derecho de la madre, y dado que todo derecho es una deuda debida, resulta que el aborto provocado es jurídicamente algo ilícito si lo hace un tercero, pero lícito (en cierto modo, bueno), si lo hace la madre.Me parece que el derecho español debería aclararse sobre qué considera al feto, que es sujeto de derechos para heredar, pero no si su madre ordena su muerte.
La ciencia médica tiene muy claro lo que es. Más aún, existe una disciplina dentro de la medicina (que se enseña separadamente en las facultades del ramo) llamada embriología, cuyo objeto especial es precisamente el feto.
El sistema jurídico español lo tiene muy claro Y esta concepción (definición) surge en el siglo XIX.
La ciencia médica ha avanzado algo desde el siglo XIX.
Si a consecuencia de una agresión, se produce un aborto, legalmente se considera una lesión a la madre. De gravedad, pero no es un asesinato, ni un homicidio involuntario.
No.
1- Si la lesión afecta a la madre, se trata como un delito de lesiones, dos a cinco años (artículo 148)
2- Si la lesión afecta al feto sin matarlo, uno a cuatro años (artículo 157)
3- Si la lesión afecta al feto matándolo, cuatro a ocho años (artículo 144).
Es evidente que el alcance de las lesiones sólo a la madre o al feto, y el óbito subsecuente de este son tratados de distinta manera. De lo cual se sigue lógicamente que el feto es un ente reconocido por la ley, que modifica las penas según la lesión le afecte o no.Que no lo haga explícitamente y definiendo sus características es un fallo propio de la ley. No del que le interroga.
PD Legalmente un feto no puede morir.
Un feto es un ser vivo. Algo demostrado por la biología hace ya mucho. Es un ser vivo, y diferente esencialmente de la madre, de ahí que el eslógan pro-aborto "decido sobre mi cuerpo" sea palmariamente falso desde el punto de vista científico.
Como todo ser vivo, un feto (mejor dicho, un miembro de la especie homo sapiens en fase de feto) puede morir. Y de hecho mueren. Muchos de forma natural, otros muchos de forma provocada.
La ley reconoce este hecho en el artículo 144, como no podría ser de otra manera (el empleo del término "aborto" implica su muerte, pues si sobreviviera al parto traumático sería un parto prematuro, no un aborto). Lo mismo en toda la legislación relativa a la regulación del aborto provocado (el grueso de la atención que recibe el feto en la ley española, sobre cómo y cuando acabar con su vida).En este artículo de 2005 (https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1180905.pdf) se estudia "el concepto de feto en el código penal español", incluyendo la constitución española y diversas declaraciones internacionales. La conclusión obvia es que, de forma directa, el feto no existe como sujeto recogido, produciéndose la situación absurda de que a veces es sujeto de derecho y en otras no.
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No sigo mucho esto. ¿Alguien sabe porqué ahora y no antes? ¿Es sólo la mala relación que tiene Anticapitalistas con la dirección actual de Podemos? ¿O hay algo de más calado? ¿Tiene relación con la entrada de Podemos en el gobierno?
https://www.eldiario.es/andalucia/Rodriguez-diputados-Adelante-Andalucia-IU_0_995300609.html
Teresa Rodríguez y su equipo de Adelante Andalucía mantendrán sus escaños: "No vamos a regalar 11 diputados a IU"
La líder de Podemos Andalucía promete un traspaso de poderes "leal y ordenado" con la nueva ejecutiva y deja la puerta abierta a abandonar también la militancia del partido morado
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
No sigo mucho esto. ¿Alguien sabe porqué ahora y no antes? ¿Es sólo la mala relación que tiene Anticapitalistas con la dirección actual de Podemos? ¿O hay algo de más calado? ¿Tiene relación con la entrada de Podemos en el gobierno?
https://www.eldiario.es/andalucia/Rodriguez-diputados-Adelante-Andalucia-IU_0_995300609.html
Teresa Rodríguez y su equipo de Adelante Andalucía mantendrán sus escaños: "No vamos a regalar 11 diputados a IU"
La líder de Podemos Andalucía promete un traspaso de poderes "leal y ordenado" con la nueva ejecutiva y deja la puerta abierta a abandonar también la militancia del partido moradoAnticapis nunca aceptó el gobierno de coalición. Su estrategia va por otro camino.
Es algo que iba a ocurrir y no es ninguna sorpresa.
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
No.
1- Si la lesión afecta a la madre, se trata como un delito de lesiones, dos a cinco años (artículo 148)
2- Si la lesión afecta al feto sin matarlo, uno a cuatro años (artículo 157)
3- Si la lesión afecta al feto matándolo, cuatro a ocho años (artículo 144).
Es evidente que el alcance de las lesiones sólo a la madre o al feto, y el óbito subsecuente de este son tratados de distinta manera. De lo cual se sigue lógicamente que el feto es un ente reconocido por la ley, que modifica las penas según la lesión le afecte o no.Sí. Efectivamente estás equivocado.
En ninguno de los artículos que citas, considera dicho acto como un homicidio.
Igualmente no es lo mismo pegar un tiro a una rodilla, que a las 2 .
Es una graduación de la condena en función del daño causado.@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
Que no lo haga explícitamente y definiendo sus características es un fallo propio de la ley. No del que le interroga.
No es un fallo de la ley. Es un fallo de tu interpretación de la misma.
En ese aspecto las interpretaciones de los jueces del Código civil han sido bastante uniformes e inequívocas.Un feto es un ser vivo. Algo demostrado por la biología hace ya mucho.
Y hace mucho más tiempo que eso no significa nada a nivel legal.
Seres vivos son las personas, el resto de animales, los vegetales e incluso las bacterias.En este artículo de 2005 (https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1180905.pdf) se estudia "el concepto de feto en el código penal español", incluyendo la constitución española y diversas declaraciones internacionales. La conclusión obvia es que, de forma directa, el feto no existe como sujeto recogido, produciéndose la situación absurda de que a veces es sujeto de derecho y en otras no.
No es una situación absurda. Es una situación que algunos no comprendéis, o no queréis comprender, porque no se adapta a vuestros esquemas. Pero absurda no es.
Hasta la iglesia católica no considera cristianos a los recién nacidos hasta que se bautizan.
Jamás he visto a un sacerdote bautizar a un feto para que no vaya al purgatorio, aunque el aborto haya sido involuntario. Sencillamente porque la iglesia católica tampoco los considera personas.
Solo a efectos de reprimir la sexualidad le dan vueltas a la personalidad o no de un feto.
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@rubimor dijo en Erecciones a la vista.:
Que se inventará el PSOE para cuando salga el paro de febrero? Alguna idea?
Algo de Franco y feminismo, como no.
Pasaba por aquí
El economista y profesor estadounidense Joseph Stiglitz ha criticado la actitud alarmista que tienen los partidos políticos españoles tradicionales con respecto a los nuevos movimientos. "No es un miedo justificado. En todo caso el PP sí es uno de los causantes de que España esté en bancarrota. No solo por la corrupción asociada al partido, sino también por el hecho de que estuvieran tan íntimamente vinculados con la burbuja inmobiliaria que provocó la bancarrota", ha expresado Stiglitz en una entrevista a 'Vanity Fair', citada por Europa Press.
Stiglitz subraya que este "miedo electoralista" es un fenómeno que ocurre "en todas partes", ya que los partidos de derecha "meten miedo cuando no pueden convencer a la gente con argumentos".
Asimismo, el ganador del Nobel de Economía advierte que el PIB no es un indicador muy bueno del éxito económico de un país, y opina que es "cínico" afirmar que España ha tenido éxito cuando la tasa de desempleo alcanza un 23%. "Sería todavía más elevada si tanta gente con talento no se hubiera marchado del país", añade. Además, Stiglitz estima que con el ritmo actual, España tardará "años, quizá una década, en volver a ser una economía normal".
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@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
Sí. Efectivamente estás equivocado.
En ninguno de los artículos que citas, considera dicho acto como un homicidio.
Igualmente no es lo mismo pegar un tiro a una rodilla, que a las 2 .
Es una graduación de la condena en función del daño causado.La analogía no es válida. Ni el artículo 147 ni el 148 entran a valorar lo cuantitativo del daño por lesión. Si es una rodilla, las dos, el hombro o el bazo, no está descrito en la ley. Eso se deja a criterio del juez, asesorado por peritos y con apoyo de la jurisprudencia.
Pero el artículo 144 y el 157 específicamente establecen penas por lesiones o muerte del feto. Por tanto, la diferencia es cualitativa, y se trata aparte. La ley no equipara un feto a una rodilla. Como es lógico.Un feto es un ser vivo. Algo demostrado por la biología hace ya mucho.
Y hace mucho más tiempo que eso no significa nada a nivel legal.
Seres vivos son las personas, el resto de animales, los vegetales e incluso las bacterias.No es un ser vivo cualquiera, es un ser humano, de la misma sustancia que su madre. La medicina se ocupa de la salud de los seres humanos, y tiene una asignatura (embriología) y una especialidad (obstetricia) dedicadas exclusivamente al ser humano no nacido. No hay especialidades médicas para vegetales o bacterias.
La medicina es una ciencia natural, y trata sobre la realidad. El derecho trata sobre lo que quieren los legisladores, que ocasionalmente se alejan mucho de la realidad, como es este caso.
La razón por la que la legislación española no recoge esa evidente personalidad del feto es porque se halla presa de un axioma establecido: o bien el feto forma parte del cuerpo materno, hecho científicamente descartado hace mucho tiempo, o es posesión suya mientras permanezca en su vientre. La primera afirmación es un eslogan ideológico absurdo. La segunda, es la que recoge la legislación en la práctica. Demostración: si el obstetra, por accidente o imprudencia, provoca la muerte del feto deseado por su madre, sufre, amén de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses, inhabilitación profesional de 1 a 3 años (artículo 146). Por contra, si el obstetra provoca la muerte del feto por indicación de su madre que no lo desea, está poniendo por obra un derecho de la madre. El resultado es el mismo: la muerte del feto, pero se castiga si es accidental y se recompensa si es voluntaria. La madre, pues, posee al feto, y si lo desea el estado garantiza todos los medios para que viva y se conserve su salud, mientras que si no lo desea, el estado garantiza la muerte del feto con el mínimo riesgo para su madre.
No se había visto nada en la legislación desde la esclavitud legal. la diferencia es que antiguamente se esclavizaba a los enemigos, y ahora se considera esclavos a los hijos no nacidos.Hasta la iglesia católica no considera cristianos a los recién nacidos hasta que se bautizan.
Jamás he visto a un sacerdote bautizar a un feto para que no vaya al purgatorio, aunque el aborto haya sido involuntario. Sencillamente porque la iglesia católica tampoco los considera personas.Tu afirmación final no tiene base alguna, es una pura falacia. Hay literalmente docenas de documentos que la contradicen, pero me limitaré a reproducir el Catecismo de la Iglesia Católica vigente, que es la norma de la enseñanza católica, en su artículo 2270: "Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida".
Por lo demás, la Iglesia no niega la existencia de la persona hasta el bautismo, ni permite el asesinato de inocentes.
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El espécimen poco evolucionado que ocupa la alcaldía de Madrid ha ordenado borrar unos versos del poeta Miguel Hernández en el Memorial de las víctimas de la represión franquista en La Almudena.
Esto es lo borrado:
"Para la libertad me desprendo a balazos
de los que han revolcado su estatua por el lodo.
Y me desprendo a golpes de mis pies, de mis brazos,
de mi casa, de todo.
Porque donde unas cuencas vacías amanezcan,
ella pondrá dos piedras de futura mirada
y hará que nuevos brazos y nuevas piernas crezcan
en la carne talada.
Retoñarán aladas de savia sin otoño
reliquias de mi cuerpo que pierdo en cada herida.
Porque soy como el árbol talado, que retoño:
porque aún tengo la vida."Lo que este eunuco intelectual ni todo el catetismo de la derecha nunca podrán borrar es la verdad.
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@rana-baileys Que un comunista (y comisario político a partir de 1936, para más INRI) escriba sobre la libertad tiene su aquel.
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@rana-baileys Que un comunista (y comisario político a partir de 1936, para más INRI) escriba sobre la libertad tiene su aquel.
No sé a qué "aquél" te refieres.
En 1936 había dos concepciones enfrentadas: la que defendía la legalidad republicana y la que sostenía, justificaba y apoyaba un golpe militar.
En dónde situamos "la libertad"?
Pongo la cita de un destacado personaje de la historia que viene a rebatir el concepto liberal de "libertad ":"Es un hombre libre aquél que tiene un salario suficiente, un trabajo estable, una seguridad social que le cubra todos los riesgos, así como un nivel de vida que le posibilite participar en los bienes de la moderna civilización"
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@rana-baileys dijo en Erecciones a la vista.:
@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@rana-baileys Que un comunista (y comisario político a partir de 1936, para más INRI) escriba sobre la libertad tiene su aquel.
No sé a qué "aquél" te refieres.
En 1936 había dos concepciones enfrentadas: la que defendía la legalidad republicana y la que sostenía, justificaba y apoyaba un golpe militar.
En dónde situamos "la libertad"?
Pongo la cita de un destacado personaje de la historia que viene a rebatir el concepto liberal de "libertad ":"Es un hombre libre aquél que tiene un salario suficiente, un trabajo estable, una seguridad social que le cubra todos los riesgos, así como un nivel de vida que le posibilite participar en los bienes de la moderna civilización"
A ver ese destacado personaje quién es, pero lo que define la cita no es la libertad, cualidad que tiene que ver con la capacidad del hombre para tomar decisiones autónomas, sino más bien con el llamado "estado del bienestar".
En 1936 había varias concepciones enfrentadas. El partido de Miguel Hernández era la filial española del partido que, en 1918, al tomar el poder en Rusia, lo primero que hizo fue suspender el derecho de huelga, y prohibir la libertad de expresión, la de reunión, la de asociación, la de medios de comunicación y la de libre circulación.
Y que de haber gobernado en España hubiese hecho lo mismo.Grandioso poeta, Miguel Hernández. Una lástima que muriese del modo que lo hizo. A diferencia de otros presos políticos, él tuvo la suerte de ser ayudado por amigos del régimen, tanto poetas como algunos miembros de FET de las JONS. Se le conmutó la pena de muerte por 30 años, y al enfermar se aprobó su traslado al hospital de Porta Coeli, pero la autorización llegó demasiado tarde. Con él se fue un maravilloso literato y poeta. Una pérdida comparable a la de García Lorca.
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@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@rana-baileys dijo en Erecciones a la vista.:
@gimnastico_1909 dijo en Erecciones a la vista.:
@rana-baileys Que un comunista (y comisario político a partir de 1936, para más INRI) escriba sobre la libertad tiene su aquel.
No sé a qué "aquél" te refieres.
En 1936 había dos concepciones enfrentadas: la que defendía la legalidad republicana y la que sostenía, justificaba y apoyaba un golpe militar.
En dónde situamos "la libertad"?
Pongo la cita de un destacado personaje de la historia que viene a rebatir el concepto liberal de "libertad ":"Es un hombre libre aquél que tiene un salario suficiente, un trabajo estable, una seguridad social que le cubra todos los riesgos, así como un nivel de vida que le posibilite participar en los bienes de la moderna civilización"
A ver ese destacado personaje quién es, pero lo que define la cita no es la libertad, cualidad que tiene que ver con la capacidad del hombre para tomar decisiones autónomas, sino más bien con el llamado "estado del bienestar".
En 1936 había varias concepciones enfrentadas. El partido de Miguel Hernández era la filial española del partido que, en 1918, al tomar el poder en Rusia, lo primero que hizo fue suspender el derecho de huelga, y prohibir la libertad de expresión, la de reunión, la de asociación, la de medios de comunicación y la de libre circulación.
Y que de haber gobernado en España hubiese hecho lo mismo.Grandioso poeta, Miguel Hernández. Una lástima que muriese del modo que lo hizo. A diferencia de otros presos políticos, él tuvo la suerte de ser ayudado por amigos del régimen, tanto poetas como algunos miembros de FET de las JONS. Se le conmutó la pena de muerte por 30 años, y al enfermar se aprobó su traslado al hospital de Porta Coeli, pero la autorización llegó demasiado tarde. Con él se fue un maravilloso literato y poeta. Una pérdida comparable a la de García Lorca.
No me hables de Stalin (cosa que no cotizaba ) sino de los bandos enfrentados en la guerra: el que defendía la legalidad y el que se enfrentó a ella con las armas.
Esa libertad, dónde estaba?.
Respecto al personaje de la historia es muy conocido.
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@rana-baileys dijo en Erecciones a la vista.:
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@rana-baileys Que un comunista (y comisario político a partir de 1936, para más INRI) escriba sobre la libertad tiene su aquel.
No sé a qué "aquél" te refieres.
En 1936 había dos concepciones enfrentadas: la que defendía la legalidad republicana y la que sostenía, justificaba y apoyaba un golpe militar.
En dónde situamos "la libertad"?
Pongo la cita de un destacado personaje de la historia que viene a rebatir el concepto liberal de "libertad ":"Es un hombre libre aquél que tiene un salario suficiente, un trabajo estable, una seguridad social que le cubra todos los riesgos, así como un nivel de vida que le posibilite participar en los bienes de la moderna civilización"
A ver ese destacado personaje quién es, pero lo que define la cita no es la libertad, cualidad que tiene que ver con la capacidad del hombre para tomar decisiones autónomas, sino más bien con el llamado "estado del bienestar".
En 1936 había varias concepciones enfrentadas. El partido de Miguel Hernández era la filial española del partido que, en 1918, al tomar el poder en Rusia, lo primero que hizo fue suspender el derecho de huelga, y prohibir la libertad de expresión, la de reunión, la de asociación, la de medios de comunicación y la de libre circulación.
Y que de haber gobernado en España hubiese hecho lo mismo.Grandioso poeta, Miguel Hernández. Una lástima que muriese del modo que lo hizo. A diferencia de otros presos políticos, él tuvo la suerte de ser ayudado por amigos del régimen, tanto poetas como algunos miembros de FET de las JONS. Se le conmutó la pena de muerte por 30 años, y al enfermar se aprobó su traslado al hospital de Porta Coeli, pero la autorización llegó demasiado tarde. Con él se fue un maravilloso literato y poeta. Una pérdida comparable a la de García Lorca.
No me hables de Stalin (cosa que no cotizaba ) sino de los bandos enfrentados en la guerra: el que defendía la legalidad y el que se enfrentó a ella con las armas.
Esa libertad, dónde estaba?.
Respecto al personaje de la historia es muy conocido.Por no hablar de eso de que "En 1936 había varias concepciones enfrentadas".
¿ Enfrentadas dónde? ¿ En el casino de Orihuela?
El PCE era un partido muy minoritario en el frente popular. En las elecciones de febrero de 1936 sacó 17 diputados de 263 del total del Frente Popular.
Aún teniendo en cuenta su afiliación al PCE, ni el PCE era el principal partido del gobierno en el momento del inicio del golpe de estado, ni mucho menos influía en las decisiones y/o discusiones del gobierno con la oposición, como para envolver a Miguel Hernández en ninguna polémica que motivase el golpe de estado.
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Uiii me olvidé decir que el personaje en cuestión era gallego, más en concreto de Ferrol y según se dice sólo tenía un testículo.
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@gimnastico_1909 el hecho de tener amigos en Falange no era garantía de nada. Influía más, que Franco no tuviera una digestión pesada cuando en la hora del café firmaba o rechazaba las sentencias.
Los condenados de septiembre del 75 tuvieron una influencia difícil de igualar. El mismo Papa le llamó horas antes de la ejecución para pedir clemencia. De poco les sirvió.
Así por ejemplo el Dr. Peset i Aleixandre, condenado a muerte por el grave delito de.. ¿¿?? tuvo a destacados miembros de la derecha valenciana y el mismo Arzobispo de Valencia que pidieron su perdón.
Pero nada, se ve que los garbanzos de ese día estaban algo duros, lo que pagó con su vida el gran científico valenciano, y quizá algún cocinero.
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@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
@rubimor dijo en Erecciones a la vista.:
Antonio Esquina sigue siendo diputado?
Ni idea. Pero tiene razon, esa podemita dice que el PP puso que te pudieran despedir por baja medica y es mentira. Y la pava dice ser jurista.
De los abusos a menores en su comunidad no dice nada, encima es la Vicepresidenta. .
Que ojo, no digo que ella tenga la culpa...pero lo de que su partido vote en contra de que se investigue...está feo
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@rubimor dijo en Erecciones a la vista.:
@Fonseca-5 dijo en Erecciones a la vista.:
@rubimor dijo en Erecciones a la vista.:
Antonio Esquina sigue siendo diputado?
Ni idea. Pero tiene razon, esa podemita dice que el PP puso que te pudieran despedir por baja medica y es mentira. Y la pava dice ser jurista.
De los abusos a menores en su comunidad no dice nada, encima es la Vicepresidenta. .
Que ojo, no digo que ella tenga la culpa...pero lo de que su partido vote en contra de que se investigue...está feo
Pero, una cosa que me viene a la mente.....
Si Antonio Esquina solo es diputado autonómico, qué cojones le importa lo que pase en Baleares!!!!
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@rana-baileys en una guerra civil la libertad sale por la ventana y no se la vuelve a ver. En una guerra sólo hay medios para destruir al enemigo, y lo demás ya carece de importancia.
Otra cosa es la legalidad o legitimidad, asunto en el que yo no entro. La sublevación militar era contraria a la legalidad, pero la realidad es que aproximadamente la mitad de la población la apoyó, y eso da que pensar. En cualquier caso, al final de las guerras quien tenía razón al principio carece de importancia. Si hubiese vencido la república (que entonces ya sería socialista y soviética, porque la república burguesa murió cuando se "armó al pueblo" o sea, a las milicias, para que emprendiesen la revolución aprovechando el conflicto), los prisioneros políticos hubiesen sido otros, y hubiésemos tenido que lamentar otras muertes absurdas e injustas como la de Miguel Hernández.
Y ya que citas a Stalin, por los años en que Miguel escribía loando la libertad, el capitoste del PCUS (la central del PCE) emprendía la construcción del gran canal de Moscú (plan quinquenal 1932-1937): Más de 190.000 prisioneros, la mayoría presos políticos. Para alojarlos se construyó el complejo de campos de prisioneros de Dmitlag, el mayor complejo de Gulag de su época, al mando de Matvei Berman. Se calcula que unos 20.000 prisioneros murieron durante la obra en régimen de trabajos forzados por las malas condiciones laborales, la insuficiente alimentación y abrigo y la escasa atención médica a las enfermedades. La obra se inauguró en julio de 1937, y para celebrarlo se liberaron unos 50.000 prisioneros. Un ejemplo de libertad soviética.
Lo del Valle de los Caídos es poca cosa al lado de esto.
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@gimnastico_1909 te emplazo (de nuevo) a que debatamos en el post de la revolución rusa.
Y cambiando de tercio, una noticia que no creo sorprenda mucho. Ya sabíamos que el hecho de que la Iglesia Católica destinase fondos a 13TV era una completa inmoralidad. Pero también puede ser una ilegalidad.
Y la fuente utilizada no es "La revista del ateo militante" sino un medio cristiano, eso sí, de los que reniegan del catolicismo conservador y ultramontano:https://www.religiondigital.org/espana/espanoles-legislacion-financiar-TRECE-Renta_0_2205979417.html
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Y me permito también incluir otro artículo del medio citado anteriormente en el que se da una visión distinta sobre la eutanasia desde la perspectiva cristiana, con la firma del jesuíta Juan José Tamayo.
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@rana-baileys dijo en Erecciones a la vista.:
Y me permito también incluir otro artículo del medio citado anteriormente en el que se da una visión distinta sobre la eutanasia desde la perspectiva cristiana, con la firma del jesuíta Juan José Tamayo.
Tamayo nunca ha sido jesuíta...
De hecho, es un experto en religiones, pero en realidad jamás ha dicho que sea cristiano.
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A todo esto, yo sigo sin saber la diferencia entre la eutanasia solicitada y el suicidio asistido.
Mientras tanto, hace unos pocos meses, la Asociación Médica Mundial recordó que se opone a la eutanasia y al suicidio con asistencia médica.